Un proceso bajo la lupa del Estado y el derecho internacional
La adopción internacional en Colombia es una medida de protección mediante la cual se establece, de forma irrevocable, la relación paterno-filial entre personas que no la tienen por naturaleza, bajo la suprema vigilancia del Estado. Así lo establece el artículo 61 de la Ley 1098 de 2006.
El proceso está regulado tanto por la legislación colombiana como por el derecho internacional, en particular por el Convenio de La Haya sobre Protección del Niño y Cooperación en Materia de Adopción Internacional, del cual Colombia es Estado Parte.
El paso a paso: desde la postulación hasta la idoneidad
“Un proceso de adopción inicia cuando una familia se presenta en su país de residencia ante la Autoridad Central en materia de adopción, como candidata a la adopción y continúa con evaluaciones psicológicas, sociales, jurídicas, médicas y de varios antecedentes, que llevan a dicha Autoridad, a declarar su idoneidad/capacidad para convertirse en familia adoptiva”, explicó Olga María Velásquez de Bernal, vocera de 11 Representantes de Organismos italianos autorizados para mediar en el Programa de Adopción internacional en Colombia.
Según detalló, cada país tiene sus propios procedimientos para esas evaluaciones. “En Italia, particularmente, esas evaluaciones son hechas por los Servicios Sociales y la Idoneidad para adoptar es declarada por un Juzgado de Menores”, añadió.
El expediente que deben presentar las familias extranjeras
Una vez las familias son declaradas idóneas, pueden optar por la adopción nacional o internacional. En el caso de Colombia, cuando una familia extranjera decide postularse, debe presentar un expediente altamente detallado.
Garavito resalta la importancia de contar con una intervención técnica y sistémica.
El proceso garantiza que se priorice el interés superior del menor, asegurando que solo se recurra a la adopción internacional cuando no sea posible encontrar una familia en Colombia.