El pasado 31 de mayo de 2026 se dio la primera vuelta de las elecciones presidenciales donde quedaron definidos los dos aspirantes que se disputarán el título de 'Jefe de Estado' durante cuatro años en la Casa de Nariño. Tras conocerse los resultados, también surgieron interrogantes entre los votantes sobre la posibilidad de modificar las fórmulas vicepresidenciales teniendo en cuenta que las votaciones para esta segunda vuelta se realizarán este domingo 21 de junio.
Abelardo de la Espriella e Iván Cepeda fueron los candidatos con mayor respaldo en las mesas electorales de todo el país, por lo que se enfrentarán en esta segunda jornada.
La regla constitucional que lo impide
Tras los apoyos de distintas fórmulas presidenciales a los actuales aspirantes, algunos colombianos se han preguntado si las campañas pueden incorporar una nueva figura para la vicepresidencia antes de las elecciones con el fin de ampliar apoyos. Sin embargo, la respuesta ha sido definida por la Constitución Política de 1991. La Carta Magna contempla expresamente qué ocurre con las duplas presidenciales una vez que han transcurrido las elecciones presidenciales.
La Constitución Política de 1991 establece una regla específica para las fórmulas presidenciales que avanzan al balotaje.
De acuerdo con lo estipulado, una vez inscritas las candidaturas para la primera vuelta, las fórmulas vicepresidenciales no pueden ser modificadas para la segunda vuelta. Esto significa que Abelardo de la Espriella e Iván Cepeda deben mantener a sus respectivos compañeros de fórmula para el balotaje del 21 de junio.