Judicial

Gobierno reglamenta sanciones de la JEP: alojamiento, alimentación y seguros para comparecientes

El Gobierno expidió el decreto que reglamenta las sanciones propias de la JEP, asegurando condiciones dignas para los comparecientes, como alojamiento, alimentación y seguros, sin que ello constituya una relación laboral.

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Foto: La voz del país

Casi cinco meses después de que la Jurisdicción Especial para la Paz (JEP) profiriera sus primeras sentencias contra el exsecretariado de las Farc y miembros de la Fuerza Pública por secuestros y 'falsos positivos', el Gobierno expidió el Decreto 652 del 26 de junio de 2026. Esta norma reglamenta las condiciones bajo las cuales deberán cumplirse las sanciones propias, que implican proyectos restaurativos en lugar de prisión.

Garantías para los comparecientes

El decreto establece que el Estado deberá garantizar condiciones de salud, alojamiento, alimentación, transporte, seguridad y cobertura frente a riesgos durante la ejecución de las sanciones. No obstante, aclara que estas garantías 'no constituyen salarios, beneficios económicos ni una relación laboral'.

  • Afiliación al sistema de salud y cobertura frente a riesgos.
  • Contratación de pólizas de seguro para gastos médicos, invalidez, incapacidad permanente o muerte durante la ejecución de los proyectos.
  • Evaluaciones médicas previas y entrega de herramientas, elementos de protección y capacitación.

'Podrán suscribir una póliza de seguros (...) que cubra los riesgos de gastos médicos, invalidez e incapacidad total o permanente y/o muerte derivados de la ejecución de dicho proyecto restaurativo', señala el decreto.

Naturaleza jurídica y financiación

El decreto insiste en que la relación entre el compareciente y la entidad líder del proyecto restaurativo no es laboral ni contractual, sino que responde al cumplimiento de la sanción propia. La financiación recaerá principalmente en entidades públicas, aunque se permite el apoyo de cooperación internacional y del sector privado.

'La relación entre el compareciente y la entidad líder de la ejecución del proyecto restaurativo no es en ninguna circunstancia de naturaleza laboral o contractual, puesto que corresponde a una relación establecida con el propósito de cumplir con la sanción propia', afirma el documento.

Seguridad y monitoreo

La reglamentación prevé esquemas de seguridad para comparecientes, víctimas y comunidades donde se ejecuten los proyectos. El Ministerio de Defensa, la Unidad Nacional de Protección y las autoridades territoriales deberán coordinar protocolos cuando la JEP lo solicite. Si un consejo de seguridad determina que un proyecto no puede realizarse por orden público, la Jurisdicción podrá suspenderlo o trasladarlo. Además, la JEP mantendrá la facultad de monitorear permanentemente el cumplimiento de las sanciones y exigir informes periódicos.

Aunque el decreto define por primera vez las condiciones administrativas, logísticas y presupuestales para ejecutar estas decisiones judiciales —consideradas la médula espinal del acuerdo de paz—, está pendiente que el Tribunal de Paz resuelva la apelación impuesta por los comparecientes de las Farc.

La voz del país

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