La Sala de Instrucción de la Corte Suprema de Justicia inadmitió la querella presentada por la gobernadora del Valle del Cauca, Dilian Francisca Toro, contra el representante a la Cámara Duvalier Sánchez, a quien señaló de los delitos de injuria y calumnia por una serie de afirmaciones en las que la mencionó y que estaban relacionadas con la financiación del Tren de Cercanías.
El origen de la controversia
La controversia se originó por una intervención realizada por Sánchez durante una sesión de la Comisión Sexta de la Cámara de Representantes, el 28 de octubre de 2025. Ese día, el congresista cuestionó la cofinanciación de la primera fase del Tren de Cercanías y manifestó reparos sobre el manejo de los recursos, teniendo en cuenta la proximidad de la Ley de Garantías.
Posteriormente, difundió en su cuenta de Instagram un video con su intervención, acompañado de un mensaje en el que aseguraba que a Toro 'le había entrado un afán desmedido' por el giro de los recursos y que estos podrían convertirse en 'un botín para arreglar la clientela y compra de votos'.
La acusación de violencia política
Para la gobernadora, esas expresiones mancillaron su buen nombre, al considerar que se le estaban atribuyendo conductas delictivas. Además, encuadró los cuestionamientos sobre su gestión como una forma de violencia política contra la mujer.
El acuerdo de conciliación incumplido
Durante el trámite, las partes acudieron a una audiencia de conciliación el pasado 5 de mayo, en la que acordaron modificar la publicación del congresista para dejar únicamente el mensaje: 'Esta y mil veces más digo: Sí al Tren de Cercanías, pero con los ojos vigilantes a la plata'.
Sin embargo, la Corte estableció, con base en un informe de policía judicial, que el acuerdo no se cumplió integralmente, pues en la publicación continuaron apareciendo apartes en los que el congresista hacía referencia al 'afán desmedido' de la gobernadora por recibir los recursos de la cofinanciación.
La decisión de la Corte Suprema
Pese a ello, la Sala Especial de Instrucción concluyó que no había lugar a admitir la querella formulada por la mandataria departamental contra el congresista por delitos contra la integridad moral.
En consecuencia, el alto tribunal determinó que tampoco era necesario ordenar labores adicionales de verificación y dispuso que, una vez quede en firme la decisión, el expediente sea archivado.