Un fallo que frena la vía administrativa
La Sala Plena de la Corte Constitucional, con una votación de siete magistrados contra dos, dejó sin efectos el Memorando de Entendimiento que daba paso a la creación de una zona binacional entre Colombia y Venezuela. El documento, expedido por el gobierno del presidente Gustavo Petro mediante una resolución y no a través de un tratado internacional, buscaba establecer mecanismos de cooperación y alianzas con el país vecino en asuntos relacionados con seguridad y comercio.
Para la Corte, el Gobierno no podía implementar ese instrumento por la vía de una resolución administrativa, ya que su contenido comprometía obligaciones entre dos Estados. En consecuencia, concluyó que el memorando debía surtir el trámite previsto para los tratados internacionales, lo que implica su aprobación por parte del Congreso de la República antes de ser sometido al control automático de constitucionalidad.
Los magistrados que salvaron su voto
Los magistrados Juan Carlos Cortés y Héctor Carvajal salvaron su voto frente a la decisión, adoptada con ponencia del magistrado Carlos Camargo.
El denominado Memorando, suscrito en Caracas el 17 de julio de 2025, 'no puede surtir efectos en el ordenamiento interno colombiano hasta tanto cumpla con el trámite constitucional previsto para los tratados en forma solemne, de conformidad con los artículos 150.16 y 241 numeral 10 de la Carta Política'.
Además, la Sala Plena remitió al presidente de la República el Memorando, para que le imparta el trámite constitucionalmente previsto para los tratados internacionales, esto es: 'la aprobación por el Legislativo y la revisión por la Corte Constitucional'.
Los fundamentos de la demanda
La demanda, admitida en agosto del año pasado, sostenía que el acuerdo —suscrito entre el gobierno del presidente Gustavo Petro y el régimen de Nicolás Maduro, quien posteriormente fue extraditado a Estados Unidos para ser juzgado en una corte federal de ese país— 'vulnera principios constitucionales, procedimientos legislativos y normas internacionales', pues, en línea con la ponencia, debió surtir el trámite legislativo correspondiente.