En Colombia, los empleadores están obligados a realizar mensualmente aportes parafiscales que financian programas sociales y de formación técnica a través del SENA, el ICBF y las Cajas de Compensación Familiar. Para el año 2026, estos aportes se calculan sobre el Salario Mínimo Mensual Legal Vigente (SMMLV), fijado en $1.750.905.
Distribución de los aportes parafiscales en 2026
- Cajas de Compensación Familiar: 4% ($70.036)
- Instituto Colombiano de Bienestar Familiar (ICBF): 3% ($52.527)
- Servicio Nacional de Aprendizaje (SENA): 2% ($35.018)
Estos aportes tienen una destinación específica para la protección social y el desarrollo integral de los trabajadores y sus familias, diferenciándose de los impuestos generales que ingresan a las arcas del Estado.
Exoneraciones para empleadores con salarios inferiores a 10 SMMLV
Según el Artículo 114-1 del Estatuto Tributario, los empleadores con trabajadores que ganan menos de 10 salarios mínimos ($17.509.050 en 2026) están exentos de pagar el 2% correspondiente al SENA y el 3% destinado al ICBF. Para estos casos, solo se mantiene la obligación del aporte a las Cajas de Compensación Familiar.
Obligatoriedad del aporte a las Cajas de Compensación Familiar
La ley colombiana no contempla exoneraciones para el pago del 4% destinado a las Cajas de Compensación Familiar, garantizando así el acceso de los empleados a subsidios de vivienda, servicios recreativos, culturales y educativos.
“Este recaudo permite que los empleados mantengan el acceso a subsidios de vivienda, servicios de recreación, cultura y educación gestionados por estas entidades.”
La información aquí presentada fue elaborada con base en datos oficiales de la Unidad Administrativa de Gestión Pensional y de Parafiscales (UGPP) y el Estatuto Tributario, con el soporte de una inteligencia artificial.