El problema de las copropiedades sin régimen de propiedad horizontal
Un lector consulta sobre dos edificios que, desde hace 15 años, conviven bajo la figura de proindiviso, sin reglamento de propiedad horizontal. Una torre funciona como proindiviso y la otra está a nombre del constructor. El lector, con un 63% de porcentaje, pregunta cómo promover la constitución del reglamento.
Pasos para constituir la propiedad horizontal
La abogada Nora Pabón Gómez explica que lo primero es buscar un acuerdo entre el constructor y los propietarios de la otra torre. Es necesario verificar que la construcción cuente con la licencia urbanística correspondiente y solicitar ante la Curaduría Urbana o la oficina de Planeación la aprobación del cuadro de áreas y los planos de alinderamiento, según la Ley 675 de 2001 y el Decreto Único Reglamentario 1077 de 2015.
Una vez obtenida y registrada la escritura pública de constitución, el inmueble quedará formalmente dividido en bienes privados y comunes. Si no hay acuerdo, cualquier copropietario puede solicitar al juez la división material del inmueble o, si no es posible, la venta del bien y distribución del producto, según el artículo 407 del Código General del Proceso.
Instalación de electrolineras en parqueaderos de edificios
Otra consulta aborda la instalación de cargadores para vehículos eléctricos en un condominio. El lector adquirió un garaje mediante escritura pública independiente del apartamento y la asamblea autorizó con el 54% la instalación de electrolineras. Sin embargo, la administración ahora exige una nueva autorización porque el ducto pasaría por zonas comunes.
¿Qué dice la ley sobre la instalación de cargadores en propiedad horizontal?
La abogada señala que primero debe revisarse el acta de la asamblea que aprobó la instalación. Si la autorización incluyó la ejecución de obras necesarias, como las acometidas eléctricas, la administración no puede exigir una nueva aprobación para cada instalación individual, a menos que el reglamento lo exija. Si la asamblea solo aprobó la posibilidad general, cada proyecto específico debe someterse a consideración.
- Verificar que el acta de asamblea especifique el alcance de la autorización (obras incluidas o solo posibilidad general).
- Asegurar que la instalación cumpla con el estudio técnico de Enel o la empresa de energía, sin comprometer la seguridad ni afectar derechos de otros propietarios.
- Definir que los costos de instalación, mantenimiento y consumo de energía sean asumidos exclusivamente por el propietario beneficiario.
Si la asamblea autorizó la implementación de esta infraestructura, es necesario establecer cuál fue el alcance de la autorización. Si la decisión comprendió la ejecución de las obras necesarias para su funcionamiento, incluyendo las acometidas eléctricas, la administración no podría exigir una nueva autorización de la asamblea para cada instalación individual.