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La controversia jurídica por decisión de magistrado que le ordenó a Abelardo de la Espriella suspender el uso de sus lemas de campaña

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Foto: La voz del país

Noticia La controversia jurídica por decisión de magistrado que le ordenó a Abelardo de la Espriella suspender el uso de sus lemas de campañaLa decisión provocó reacciones inmediatas entre abogados quienes calificaron la medida como ‘excesiva’.Cierre de campaña de Abelardo de la Espriella Foto: Jaiver Nieto Álvarez / El TiempoLink Jesús Antonio BlanquicetSUBEDITOR DE JUSTICA09.06.2026 17:47 Actualizado: 09.06.2026 18:38 Sara Valentina Quevedo DelgadoPERIODISTA JUDICIAL09.06.2026 17:47 Actualizado: 09.06.2026 18:38 Compartir Guardar Ingrese o regístrese acá para guardar los artículos en su zona de usuario y leerlos cuando quiera Reportar Resumen Cerrar Este resumen fue construido con ayuda de IA. Escuchar 00:0000:001X Comentar La url ha sido copiada en el portapapeles Una decisión del magistrado Rafael Albeiro Chavarro, del Tribunal Superior de Bogotá, abrió un nuevo debate jurídico. A través de una medida cautelar, ordenó suspender provisionalmente el uso del eslogan 'Firme por la patria' y retirar, en un plazo de 24 horas, toda la publicidad política que incluya símbolos patrios.Caso helicópteros rusos: Corte dice que exviceministro Suárez no tiene fuero y será procesado por juzgado de BogotáLa decisión se conoce apenas días después de que el Juzgado 120 Penal Municipal con Función de Conocimiento de Bogotá le ordenara al abogado abstenerse de utilizar la camiseta de la Selección Colombia de Fútbol y abriera esta misma polémica.Abelardo de la Espriella (der.) junto a Jose Manuel Restrepo. Foto:Campaña Abelardo de la Espriella El nuevo capítulo jurídico gira alrededor de los límites entre la libertad de expresión política y la utilización de emblemas nacionales, prohibido por la ley.Según el despacho judicial, la utilización de elementos asociados a la identidad nacional dentro de la estrategia electoral podría “afectar” los derechos fundamentales de los ciudadanos a elegir y ser representados en condiciones de igualdad.Los reparos que hizo el magistrado Chavarro a la campaña 'Defensores de la Patria' fue el uso de la bandera de Colombia, la paleta cromática de las piezas publicitarias con los colores amarillo, azul y rojo, el saludo característico de las Fuerzas Militares y de Policía, así como la utilización de la palabra “patria” acompañada del término “defensores”.Para el Tribunal, esta última expresión podría transmitir el mensaje de que quienes no respaldan esa propuesta política estarían actuando en contravía de los intereses nacionales. La decisión judicial provocó reacciones en el país jurídico, donde parece haber consenso en que, si bien los fallos judiciales deben acatarse, existen reparos frente a los argumentos expuestos por el magistrado.Entre quienes cuestionaron la decisión está el exfiscal general Francisco Barbosa, quien aseguró que "más allá de que la decisión no tiene ni pies ni cabeza, me parece una provocación innecesaria en medio de una campaña presidencial. Me parece una mala idea meter a la justicia en la contienda".Abelardo de la Espriella Foto:EFE. Y agregó: "Los argumentos no tienen asidero. ¿Dónde está el perjuicio irremediable? El señor De la Espriella lleva un año usando esos símbolos, ¿por qué hay un perjuicio irremediable hoy y no antes? No tiene ningún sentido generar esta discusión en Colombia, porque no hay discursos prohibidos dentro de la Constitución Política", afirmó.Para el jurista Fabio Humar, "parece haber una extralimitación en las funciones del magistrado".Según explicó, en este caso existen serias dudas sobre el alcance de las facultades que ejerció el despacho al adoptar la medida cautelar.“Prohibir el uso de esas expresiones limita gravemente la escogencia, libre, de lenguaje, y de expresión. Es una decisión muy desafortunada”, señaló Humar.El penalista Sócrates Saavedra señaló que la decisión es “excesiva”, debido a que una cosa es usar la bandera o el escudo nacional —que sí están prohibidos expresamente por la ley— y otra muy distinta es usar la palabra “patria” o llamarse “Defensores de la Patria”."El artículo 35 de la Ley 1475 de 2011 prohíbe el uso de símbolos patrios en la propaganda electoral. Y los símbolos patrios en Colombia están definidos de manera taxativa por la Ley 12 de 1984: la bandera, el escudo y el himno. La palabra 'patria' no es un símbolo patrio. El nombre 'Defensores de la Patria' tampoco lo es. El Tribunal ordenó retirar esas expresiones sin respaldo legal alguno", sostuvo el abogado.En esa misma línea, el abogado Diego Suárez señaló que, más allá de cualquier discusión jurídica o política, la decisión emitida por el Tribunal debe cumplirse. Frente al contenido de la medida, sostuvo que la expresión utilizada por la campaña de Abelardo de la Espriella no puede equipararse a un símbolo patrio.“La expresión ‘Firme por la patria’ no es como tal un símbolo patrio. Es un emblema, un eslogan o una frase desarrollada para esta campaña, pero está lejos de ser un símbolo nacional como lo podrían ser la bandera o el escudo”, explicó el jurista quien agregó que los símbolos patrios son de carácter público y no pertenecen a ningún sector político en particular.Cierre de campaña de Abelardo de la Espriella Foto:Jaiver Nieto Álvarez / El Tiempo El abogado recordó que en procesos electorales anteriores distintos movimientos políticos también han utilizado elementos asociados a la identidad nacional sin que ello derivara en controversias constitucionales."No olvidemos que incluso en la campaña presidencial pasada uno de los extremos políticos utilizaba la bandera, e incluso la utilizaba invertida, y en su momento eso fue válido y así se usó. Creo que ahora ocurre algo similar. Se están utilizando símbolos que están al alcance de todo el mundo dentro de una campaña política. En mi opinión, estos debates no llegan al punto de vulnerar garantías fundamentales", concluyó. Sin embargo, para el decano de la Facultad de Derecho de la Universidad Libre, Kenneth Burbano, sí es claro que tanto la ley como la jurisprudencia de la Corte Constitucional prohíben el uso de símbolos patrios en la publicidad de las campañas electorales."La razón es sencilla: estos símbolos representan la unidad nacional y, por tanto, no pueden ser utilizados por un candidato en particular, pues pertenecen a todos los colombianos", explicó.El académico sostuvo que, al menos en una de las imágenes analizadas, sí se evidencia el uso de la bandera de Colombia, que constituye un símbolo patrio. Por ello, consideró que su utilización por parte de un candidato presidencial resulta contraria a la ley y que, en ese aspecto, el Tribunal Superior de Bogotá acertó en su decisión.Redacción Justicia Sigue toda la información de Justicia en Facebook y Twitter, o en nuestra newsletter semanal. 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