La Sala Plena de la Corte Constitucional anuló una disposición del artículo 372 del Plan Nacional de Desarrollo 2022-2026 que había eliminado la restricción para que la empresa pública Interconexión Eléctrica S.A. (ISA) participara en actividades de generación, comercialización y distribución de energía eléctrica.
El tribunal determinó que ISA debe continuar enfocándose exclusivamente en la transmisión de energía, su actividad principal desde hace más de tres décadas, manteniendo la prohibición que impide su incursión en otros eslabones del mercado eléctrico.
Falta de deliberación y justificación en el Congreso
La Corte encontró que la modificación fue introducida de manera tardía y sin el debate suficiente en la Cámara de Representantes, lo que vulneró el debido proceso legislativo. Además, la medida carecía de una relación clara con los objetivos del Plan Nacional de Desarrollo y ponía en riesgo la estructura del mercado eléctrico.
La presidenta de la Corte, magistrada Paola Meneses, explicó que las decisiones legislativas deben contar con espacios reales de discusión y cumplir con el estándar de deliberación y justificación, especialmente cuando afectan la legislación ordinaria y normas vigentes.
El impacto en el sector eléctrico y la comunidad
Con esta decisión, se evita un posible desequilibrio en el mercado eléctrico colombiano, garantizando que ISA mantenga su rol exclusivo en la transmisión y no intervenga en generación, comercialización o distribución. Así, se protege la competencia y la estabilidad del sector energético nacional.