Un operativo sin precedentes en la seguridad presidencial ha sido implementado en Colombia con la autorización del uso de armas largas para el esquema de protección del Presidente. La Unidad Nacional de Protección (UNP) podrá solicitar fusiles y carabinas para fortalecer la defensa durante las movilizaciones del mandatario por todo el país.
Esta medida surge tras la modificación del Decreto 1070 de 2015, con el fin de robustecer la capacidad de respuesta ante posibles amenazas. El armamento de mayor alcance antes restringido para esquemas civiles ahora podrá ser utilizado bajo un régimen estricto de control estatal y supervisión técnica.
Condiciones para el uso de armas largas en la protección presidencial
- Aprobación previa detallada por el Comité de Armas del Ministerio de Defensa Nacional.
- El uso exclusivo por personal asignado al esquema de seguridad del Presidente.
- Empleo de fusiles y carabinas solo en situaciones que lo requieran dentro del marco de protección presidencial.
- Permisos de porte vigentes, otorgados por autoridades competentes por hasta 10 años.
Esta actualización normativa mantiene y fortalece la coordinación institucional entre la UNP, la Policía Nacional, las Fuerzas Militares y la Dirección Nacional de Inteligencia, sumando capacidades tecnológicas y de fuego para garantizar un perímetro de seguridad sólido en desplazamientos y actos públicos del jefe de Estado.
La medida, que ya está en vigor tras su publicación oficial, se enmarca dentro de los programas de control de armamento del país y busca equilibrar la capacidad técnica de los cuerpos de protección frente a los actuales desafíos de seguridad, siempre bajo la supervisión estricta del Ministerio de Defensa.