Economía

Trabajar domingos y festivos pagará más desde julio de 2026: así quedan los nuevos recargos

Desde julio de 2026, los trabajadores colombianos que laboren domingos y festivos recibirán un recargo del 90 % sobre su salario ordinario, como parte de la implementación de la Ley 2466 de 2025. El beneficio aplica a sectores como comercio, salud, transporte y turismo, y forma parte de un cronograma que llegará al 100 % en 2027.

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Foto: La voz del país

Miles de trabajadores en Colombia comenzarán a recibir un mayor ingreso a partir de julio de 2026 gracias a uno de los cambios contemplados en la reforma laboral. Aunque no se trata de un incremento general del salario mínimo, la medida sí representa un aumento salarial para quienes desempeñan sus labores en domingos, festivos y días de descanso obligatorio.

Un recargo que sube del 80 % al 90 %

El ajuste hace parte de la implementación gradual de la Ley 2466 de 2025, una de las principales reformas laborales aprobadas en los últimos años, cuyo propósito es fortalecer los derechos de los trabajadores y mejorar la compensación económica de quienes deben laborar en jornadas tradicionalmente destinadas al descanso.

A partir de julio de 2026, el recargo por trabajo dominical y festivo aumentará del 80 % al 90 %, lo que se traducirá en pagos más altos para miles de empleados en sectores como comercio, salud, transporte, turismo, seguridad, entretenimiento y otros servicios que operan durante los fines de semana y los días festivos.

El cronograma hacia el 100 % en 2027

  • Desde julio de 2025: recargo del 80 %.
  • Desde julio de 2026: recargo del 90 %.
  • Desde julio de 2027: recargo del 100 %.

La reforma también introduce diferencias según la frecuencia con la que una persona trabaje domingos o festivos. Cuando un empleado labora hasta dos domingos o festivos durante un mismo mes, la actividad se considera ocasional. En esos casos, el trabajador podrá escoger entre recibir el pago correspondiente con los recargos establecidos o acceder a un día de descanso compensatorio remunerado.

Trabajo habitual: más domingos, más derechos

La situación cambia para quienes trabajan de manera más frecuente durante estas jornadas. Si una persona presta sus servicios tres o más domingos, festivos o días de descanso obligatorio en un mismo mes, la actividad se considera habitual. En estos casos, además del pago con los recargos correspondientes, el trabajador tendrá derecho a un descanso compensatorio remunerado que deberá ser otorgado por el empleador durante la semana siguiente a la jornada laborada.

La intención de esta disposición es equilibrar el reconocimiento económico con la necesidad de garantizar espacios de recuperación física y descanso para los empleados que mantienen una actividad constante durante fines de semana y festivos.

Según ha explicado el Ministerio del Trabajo, el incremento de los recargos busca actualizar las condiciones laborales y ofrecer una compensación más justa para quienes desempeñan funciones en horarios que históricamente han sido considerados excepcionales. Por ello, las empresas deberán ajustar sus sistemas de nómina, liquidación y gestión de personal para cumplir con los nuevos porcentajes establecidos por la ley.

Sin embargo, es importante aclarar que el beneficio no aplica de manera general a todos los trabajadores del país. El aumento salarial derivado de esta medida está dirigido específicamente a quienes laboran en domingos, festivos o jornadas de descanso obligatorio. Así, mientras la reforma avanza hacia la implementación completa del recargo del 100 % prevista para 2027, miles de empleados comenzarán a notar desde julio de 2026 un incremento en los pagos que reciben por trabajar durante los días destinados al descanso.

La voz del país

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