La petición de la congresista y la respuesta de la Corte
La representante Karen Manrique, quien se encuentra privada de la libertad en una guarnición militar de Malambo (Atlántico), solicitó a la Corte Suprema de Justicia un permiso especial para ser trasladada bajo custodia al Capitolio Nacional el próximo 20 de julio, con el único propósito de firmar el acta de posesión como congresista por la curul de paz de Arauca. Su defensa argumentó que no buscaba recuperar la libertad ni modificar la medida de aseguramiento, sino ejercer el cargo para el que fue reelegida democráticamente, y que conserva la presunción de inocencia y sus derechos políticos intactos.
Sin embargo, la Sala de Primera Instancia de la Corte Suprema negó la autorización. Los magistrados concluyeron que la medida de aseguramiento que pesa sobre Manrique impide acceder a esa petición, ya que su detención preventiva fue ordenada considerando que su libertad representaba un riesgo para la comunidad, por la gravedad del delito imputado, la posibilidad de reincidencia y la necesidad de proteger la función pública, la confianza en el Congreso y la integridad del proceso judicial.
La gravedad del caso UNGRD
Manrique fue acusada por la Sala de Instrucción de la Corte por su papel como receptora de dádivas a cambio de su voto favorable en proyectos sometidos a discusión en la Comisión Interparlamentaria de Crédito Público. Específicamente, la transacción se habría realizado a través de proyectos de obra para su departamento, Arauca, financiados con recursos de la Unidad Nacional de Gestión del Riesgo de Desastres (UNGRD).
- La Corte advirtió que autorizar la salida, aunque fuera por unas horas, comprometería los fines constitucionales de la orden de cárcel.
- Los magistrados aclararon que la detención preventiva no equivale a una condena ni implica la pérdida automática de derechos políticos, pero no elimina el carácter cautelar de la medida.
- La Cámara de Representantes ya suspendió su condición de congresista mediante una resolución del 10 de junio, en cumplimiento de la decisión judicial que ordenó su detención.
- La legislación penitenciaria solo permite traslados excepcionales para comparecer ante una autoridad judicial, recibir atención médica o asistir a eventos familiares graves, no para posesionarse en un cargo de elección popular.
La restricción de la libertad está relacionada con el ejercicio de su función como parlamentaria y los fines que busca proteger la medida de aseguramiento siguen vigentes.
La Corte también recordó que, aunque en casos excepcionales la jurisprudencia ha flexibilizado las reglas para proteger derechos fundamentales, esa posibilidad no aplica en este caso porque la restricción de la libertad está directamente vinculada con el ejercicio de su función como parlamentaria y los fines que busca proteger la medida de aseguramiento siguen vigentes. Por esa razón, declaró improcedente el permiso solicitado por la congresista.