Economía

Suplantación de identidad financiera: cinco pasos clave para actuar si le cobran un crédito que no pidió

Si le cobran un crédito o servicio que alguien solicitó a su nombre, siga estas cinco recomendaciones de expertos: actúe de inmediato, guarde evidencia, cumpla los plazos y conozca sus derechos bajo la Ley 2573 de 2026 en Colombia.

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Foto: La voz del país

Los casos de suplantación de identidad relacionados con productos financieros continúan siendo una preocupación para ciudadanos y empresas en Colombia. Recibir el cobro de un crédito, una línea telefónica o una compra financiada que nunca autorizó puede afectar el bolsillo y el historial crediticio.

Recomendaciones de expertos para actuar ante un cobro no autorizado

  • Deje evidencia de cada gestión: guarde copias de correos, chats, llamadas y documentos radicados.
  • Cumpla los plazos establecidos: la Ley 2573 de 2026 fija tiempos para que las entidades respondan y resuelvan el caso.
  • Solicite a la empresa que demuestre cómo verificó su identidad antes de autorizar la operación.
  • Monitoree su historial crediticio: revise periódicamente su reporte en centrales de riesgo como Datacrédito o Cifin.

La Ley 2573 de 2026 y sus nuevas responsabilidades

En Colombia, la Ley Estatutaria 2573 de 2026 creó un procedimiento para atender estos casos y estableció nuevas responsabilidades para las entidades que aprueban créditos, servicios o compras financiadas. Entre otros aspectos, la norma busca que las empresas puedan demostrar cómo verificaron la identidad del solicitante antes de autorizar una operación.

La ley exige que las entidades financieras demuestren que verificaron la identidad del solicitante; de lo contrario, la deuda no puede ser cobrada al afectado.

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