Un giro judicial que mantiene el alza salarial
El Consejo de Estado tumbó la suspensión del primer decreto que estableció el aumento del salario mínimo para 2026, que seguirá vigente hasta que el alto tribunal no decida de fondo sobre su legalidad. La Sección Segunda revocó el auto que había suspendido el decreto del alza del salario mínimo para el 2026, lo que significa que ese acto administrativo, expedido en diciembre del 2025, permanecerá vigente mientras se toma una decisión de fondo sobre su legalidad.
Los argumentos detrás de la decisión
La sala encontró que la medida cautelar inicial se sustentó en una aparente falta de motivación, relacionada con las exigencias técnicas del incremento salarial, y no en el análisis sobre un perjuicio concreto derivado de su aplicación. Así, al no evidenciarse esos efectos nocivos del acto, el examen sobre su legalidad debe producirse cuando se tome la decisión final dentro de este proceso de nulidad.
El recurso de súplica del Gobierno y el nuevo decreto
Posteriormente, el Gobierno expidió un nuevo decreto que mantuvo este aumento, pero esta vez sí contó con la bendición del empresariado y los trabajadores. Así mismo, el Ejecutivo radicó un recurso de súplica en el que señaló un 'desbordamiento del poder cautelar', pues pese a que en esta etapa no se pretende cuestionar la legitimidad constitucional y legal del decreto, los argumentos que motivaron la suspensión, según el recurso, significaron una intervención directa en el fondo del asunto.
La fijación del salario mínimo no se vio alterada con la expedición del nuevo decreto, que sí logró la concertación entre las partes, por lo que se decidió levantar la suspensión provisional.
Implicaciones del fallo
El alto tribunal había señalado que el aumento del salario mínimo no es un asunto discrecional del Presidente, sino que debe regirse con base en criterios técnicos macroeconómicos o, en su defecto, ser concertado por el comité tripartito Gobierno-trabajadores y empleadores. Ninguna de estas dos condiciones se cumplió cuando se decretó el aumento del 23 %, razón por la que el alto tribunal decidió suspender el decreto que, por volarse estas reglas, sería, a priori, inconstitucional. Sin embargo, al revisar si la medida cautelar había cumplido su finalidad de evitar un efecto nocivo, y al concluir que la fijación del salario mínimo no se vio alterada con la expedición del nuevo decreto, que sí logró la concertación entre las partes, decidió levantar la suspensión provisional.
Es decir, que el salario mínimo que fijó el Gobierno, en un controversial aumento del 23 % -quedando en 2 millones de pesos con auxilio de transporte- continuará aplicándose mientras la justicia decide, de manera definitiva, si el decreto fue expedido conforme a la ley.