Judicial

Corte Suprema absuelve al representante César Cristian Gómez por caso de contratación en Popayán

La Sala de Primera Instancia de la Corte Suprema absolvió al congresista del Cauca, César Cristian Gómez, de todos los cargos relacionados con un convenio cultural firmado cuando era alcalde de Popayán. La decisión se basó en fallas en la acusación y en la aplicación del principio de duda a favor del procesado.

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Foto: La voz del país

Una absolución con base en deficiencias procesales

La Sala de Primera Instancia de la Corte Suprema de Justicia absolvió al representante a la Cámara por el Cauca, César Cristian Gómez Castro, de los delitos de peculado por apropiación, interés indebido en la celebración de contratos, contrato sin cumplimiento de requisitos legales y tráfico de influencias. Los hechos se remontan a su gestión como alcalde de Popayán, específicamente por un convenio suscrito entre la Alcaldía y la Fundación Tortuga Triste para promover las procesiones de Semana Santa.

Las fallas en la acusación que pesaron en la decisión

Según informó el alto tribunal, tras valorar los argumentos de las partes y el material probatorio recaudado durante el juicio, la Sala concluyó que no existían elementos suficientes para condenar al hoy congresista. Uno de los principales argumentos fue que el escrito acusatorio presentaba 'deficiencias relevantes' en la delimitación de los delitos, lo que afectó las garantías procesales del acusado.

El estándar de prueba no se alcanzó

La Sala también determinó que las pruebas practicadas durante el juicio no permitían alcanzar el estándar de conocimiento exigido para dictar una sentencia condenatoria. 'Tras valorar integralmente el material probatorio aportado durante el juicio, la Corporación determinó que este no permitía alcanzar el estándar de conocimiento exigido por el ordenamiento jurídico para proferir una sentencia condenatoria', señaló la Corte en un comunicado.

El principio de duda a favor del procesado

En la decisión, la Sala indicó que la absolución se adoptó en aplicación de los derechos y garantías constitucionales que rigen el proceso penal, especialmente el principio de congruencia y el principio de in dubio pro reo. 'En consecuencia, se dispuso su absolución en aplicación de los derechos y garantías constitucionales que gobiernan el proceso penal, especialmente, el principio de congruencia y el in dubio pro reo (ante la duda se resuelve a favor del procesado)', indicó la corporación.

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