La Corte Suprema de Justicia emitió una sentencia que reafirma la protección de los derechos fundamentales de los trabajadores en Colombia, al señalar que el tiempo laborado debe ser incluido en el cómputo de semanas para la pensión, independientemente de si el empleador ha incumplido con el pago de los aportes parafiscales.
El alto tribunal aclaró que las dificultades administrativas o la negligencia en la recaudación de los aportes no pueden convertirse en un obstáculo para que los trabajadores accedan a su pensión de vejez.
Los trámites administrativos o la negligencia en el recaudo no pueden ser una barrera para que un ciudadano acceda a su pensión de vejez.
Este fallo representa un avance significativo en la protección de los derechos laborales, garantizando que los empleados no vean afectado su derecho a la pensión por incumplimientos de sus empleadores.