Para muchas personas, vivir en un conjunto residencial bajo el régimen de propiedad horizontal en Colombia representa una promesa de seguridad, comodidad y acceso a espacios recreativos que ofrecen este tipo de lugares.
¿Qué espacios están bajo la lupa de la Dian?
La Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales (Dian) ha puesto su atención en los conjuntos residenciales que utilizan sus áreas comunes con fines comerciales. Si estos lugares alquilan el salón comunal o cualquier otra área, deben emitir la factura correspondiente.
- Salones comunales para eventos sociales o empresariales.
- Zonas de parqueo que se arrienden a no residentes.
- Canchas deportivas o piscinas de uso exclusivo mediante pago.
- Cualquier espacio común que genere ingresos adicionales a la copropiedad.
Los conjuntos que no cumplan la norma corren el riesgo de ser sancionados.
La medida busca regular la actividad económica que se desarrolla dentro de las propiedades horizontales y asegurar que estos ingresos sean declarados ante la autoridad tributaria.
Recomendaciones para las copropiedades
Las administraciones de los conjuntos residenciales deben revisar si están realizando actividades de arrendamiento de espacios comunes y, de ser así, implementar los mecanismos de facturación electrónica exigidos por la Dian. De lo contrario, podrían enfrentar multas y procesos sancionatorios.
La Dian recuerda que la facturación electrónica es obligatoria para todas las personas jurídicas y naturales que realicen actividades comerciales, incluyendo las copropiedades que generen ingresos por este concepto.