Noticia Exclusivo suscriptores El fiscal del caso actuó con ligereza y falta de claridad: Corte Suprema cierra definitivamente el expediente ColmenaresEl alto tribunal, en última instancia, falló a favor de Laura Moreno y Jessy Quintero, procesadas por la muerte del estudiante de los Andes.Laura Moreno y Jessy Quintero, absueltas en caso Colmenares. Foto: Rodrigo Sepúlveda / Archivo EL TIEMPOLink Sara Valentina Quevedo DelgadoPERIODISTA JUDICIAL16.04.2026 15:56 Actualizado: 16.04.2026 21:03 Compartir Guardar Ingrese o regístrese acá para guardar los artículos en su zona de usuario y leerlos cuando quiera Reportar Resumen Cerrar Este resumen fue construido con ayuda de IA. Escuchar 00:0000:001X Comentar La url ha sido copiada en el portapapeles Quince años largos después de la muerte de Luis Andrés Colmenares, joven estudiante de Los Andes cuyo cuerpo fue hallado en el caño del Parque El Virrey en la madrugada de Halloween de 2010, se cerró el caso judicial en la Corte Suprema de Justicia.El alto tribunal decidió no casar y, por lo tanto, ratificar la absolución a favor de Laura Moreno, señalada como coautora del supuesto homicidio, y de Jessy Quintero, procesada por presunto encubrimiento del crimen, cuyo caso había prescrito en 2017. Por esta razón, la Sala Penal se pronunció únicamente sobre los hechos que apuntaban hacia Moreno.Revelan detalles de causa de muerte de Luis Andrés Colmenares tras fallo de la Corte a favor de Laura Moreno y Jessy Quintero: 'No corrigió errores'En primera instancia, el Juzgado 11 Penal del Circuito de Bogotá había absuelto a las jóvenes, amigas de la víctima, y concluyó que la muerte de Colmenares fue accidental. Laura Moreno en audiencia en los juzgados de Paloquemao el 2 de diciembre del 2016 Foto:MAURICIO MORENO El Tribunal, que también exculpó su responsabilidad, sostuvo que durante el proceso —tedioso y con irregularidades como las condenas de tres de los testigos por falso testimonio— no se logró demostrar la participación de las procesadas en la muerte. Es decir, duda razonable.Esta segunda sentencia a favor de Moreno y Quintero fue impugnada por la Procuraduría y los apoderados de las víctimas, encabezados por el penalista Jaime Lombana.Sobre este recurso, 15 años después de los hechos, se pronunció la Corte. Los argumentos de la sentenciaLos abogados de las víctimas alegaron al menos 5 cargos, entre estos falso raciocinio y falso juicio de existencia por omisión, insistiendo en que las pruebas permiten concluir que "Laura Milena Moreno fue la última persona que vio con vida a Luis, pudo presenciar el acto violento y sabe quiénes lo perpetraron" (...) "A pesar de ello, deliberadamente divulgó versiones falsas sobre lo sucedido y obstaculizó el hallazgo del cuerpo", se lee en la sentencia. Sin embargo, la Corte desvirtuó estos argumentos."Concluir que existen dudas, a partir del estudio de los diferentes contenidos de las pruebas practicadas a instancias de la Fiscalía y la defensa, no entraña una contradicción. Lo anterior, sin perjuicio de yerros en la apreciación y valoración, que tienen otra ruta de ataque en casación", dijo el alto tribunal. En el fallo absolutorio de segunda instancia, confirmado por la Corte, se profundizó en uno de los puntos más controversiales del caso de Laura Moreno, cercana a Colmenares al momento de su muerte y a quien se acusó de haber ingresado al caño. El Tribunal aseguró que en la madrugada del 1 de noviembre se realizó una “escueta búsqueda” por parte de las autoridades.En ese mismo contexto, se refirió a las contradicciones de los uniformados sobre el número de personas que participaban en la búsqueda de Luis Andrés. Algo similar ocurrió con el análisis de los testimonios de los bomberos, entre otros aspectos, frente a la calidad de la búsqueda que adelantaron tras recibir la alerta sobre una persona que supuestamente estaba en el caño.Familia de Luis Andrés Colmenares pide se condene a Laura Moreno | El Tiempo Foto: Todo esto, concluyó la Corte, evidencia que el Tribunal sí expuso los fundamentos de su decisión.En lo demás, la discusión se centró en la causa de la muerte de Luis Andrés Colmenares. Quienes impugnaron sostienen que fue un homicidio. Incluso el delegado de la Fiscalía, aunque pidió mantener la absolución, coincidió con ese punto del argumento.Para la Sala, la Fiscalía fue ligera al darle credibilidad al relato según el cual ella habría intentado engañar a las autoridades, reportando la desaparición de Luis Andrés mientras un tercero lo asesinaba y ocultaba su cuerpo en el caño.“La Fiscalía no tenía ningún dato sobre los autores materiales ni sobre las circunstancias concretas que rodearon el supuesto ataque, por lo que resultaba a todas luces infundada la conclusión de que Moreno Ramírez celebró un acuerdo con otras personas para causarle la muerte a Luis Colmenares y realizó un aporte relevante, consistente en ‘distraer’ a las autoridades mientras el homicidio se estaba perpetrando”, señaló la Corte.Y agregó: "en el escrito de acusación, la Fiscalía, de nuevo, mezcló hechos jurídicamente relevantes, hechos indicadores y el contenido de las evidencias. Igualmente, el énfasis estuvo en los dictámenes periciales según los cuales se trató de un homicidio y no de una caída accidental".En este contexto, lanzó una pulla a la Fiscalía para que "actúe con rigor en el cumplimiento de sus obligaciones legales"."La falta de precisión en la construcción de la hipótesis de los hechos, su relevancia jurídica y el respaldo en las pruebas físicas y demás información legalmente obtenida termina afectando los derechos de todos los involucrados en el proceso, como se explicó a lo largo de esta decisión", concluyó.La hipótesis a la que le dio credibilidad la Sala fue que Colmenares murió por ahogamiento. Foto:Archivo Particular Información sobre la causa de la muerteSobre la causa de la muerte, la Corte aseguró que “con las evidencias allegadas no es posible adoptar una postura definitiva sobre el origen de las lesiones. Es más, con esos dictámenes no puede descartarse la posibilidad de que algunas lesiones fueran causadas por terceras personas y otras fueran producto de la caída”.Sin embargo, sí dio por probado que la víctima murió por asfixia por inmersión, tras haber aspirado agua del caño El Virrey, lo que se asocia con las graves lesiones en su rostro, así como con el estado de ebriedad en que se encontraba.Sara Valentina Quevedo DelgadoRedacción Justicia Sigue toda la información de Justicia en Facebook y Twitter, o en nuestra newsletter semanal. Compartir Guardar Ingrese o regístrese acá para guardar los artículos en su zona de usuario y leerlos cuando quiera Reportar Resumen Cerrar Este resumen fue construido con ayuda de IA. 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