En Colombia, la legislación vigente permite que las personas continúen conduciendo sin importar los años que tengan, siempre y cuando demuestren que cuentan con las condiciones físicas y mentales necesarias para hacerlo de manera segura.
Esta normativa está contemplada en la Ley 769 de 2002, conocida como el Código Nacional de Tránsito, que establece los lineamientos para la expedición y renovación de las licencias en el país. De esta manera, quienes superan los 65 años pueden seguir al volante, pero deben cumplir una serie de requisitos orientados a verificar que conservan las capacidades necesarias para operar un vehículo.
De acuerdo con lo anterior, la Resolución 217 de 2014 del Ministerio de Transporte reglamenta las evaluaciones físicas, mentales y de coordinación motriz que deben realizar los conductores en los Centros de Reconocimiento de Conductores (CRC) para obtener o renovar su licencia.
Requisitos para conductores mayores de 65 años
- Realizar exámenes médicos en un Centro de Reconocimiento de Conductores (CRC) autorizado.
- Evaluación de capacidades físicas, mentales y de coordinación motriz.
- Renovar la licencia cada tres años, en lugar del período estándar de cinco años.
- Presentar la documentación requerida, como cédula de ciudadanía y licencia anterior.
Los adultos mayores pueden seguir conduciendo en Colombia, siempre que demuestren que están en condiciones óptimas para hacerlo.