Seguridad

Ambientalistas y fuerza pública chocan por nueva regla de glifosato: ¿protección o riesgo?

La Anla modificó las condiciones del Programa de Erradicación de Cultivos Ilícitos con glifosato, ampliando la protección ambiental a 30 metros de fuentes hídricas. Mientras sectores de seguridad advierten que limitará la lucha antinarcóticos, la autoridad ambiental defiende el cambio como un avance constitucional.

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Foto: La voz del país

Un ajuste ambiental que enciende alarmas operativas

A pocos días del relevo presidencial, el Gobierno dejó en firme una decisión que ya genera reparos dentro de los organismos encargados de combatir los cultivos ilícitos. Mediante la Resolución 1798 del 2 de julio de 2026, la Autoridad Nacional de Licencias Ambientales (Anla) modificó las condiciones bajo las cuales se ejecuta el Programa de Erradicación de Cultivos Ilícitos mediante Aspersión Terrestre con Glifosato (Pecat).

El cambio clave: de 10 a 30 metros de exclusión

Hasta ahora, el programa contemplaba una franja de exclusión de 10 metros alrededor de los cuerpos de agua para las labores de aspersión terrestre, pero con la nueva resolución, la Anla ordenó ajustar ese parámetro y adoptar una distancia mínima de 30 metros, al considerar que ese estándar ofrece una mayor protección ambiental.

“Áreas de exclusión. Ronda de los ríos, caños, nacederos y demás cuerpos o cursos de agua (lénticos y lóticos) en la franja mínima de 30 metros, paralelo a la cota máxima de inundación. Franja de 10 metros de carreteras troncales Viviendas aisladas, caseríos, centros poblados, cascos urbanos, centros educativos, centros de salud, sitios recreativos y religiosos, con una franja de protección de 10 metros a la redonda”, se lee en la resolución con fecha del pasado 2 de julio.

La sombra de la Corte Constitucional

La decisión no surgió de manera aislada. La autoridad ambiental sustentó el cambio en la Sentencia T-529 de 2025 de la Corte Constitucional, en la que el alto tribunal concluyó que, cuando no exista una delimitación técnica específica de la ronda hídrica o persistan dudas sobre su extensión, debe aplicarse un estándar mínimo de conservación de 30 metros, privilegiando el principio de protección del medio ambiente.

El temor de la Fuerza Pública: un incentivo para el narcotráfico

Sin embargo, la medida abre un nuevo frente de discusión en materia de política antidrogas. Integrantes de la Fuerza Pública advierten que la ampliación de las áreas de exclusión podría terminar generando un efecto contrario al buscado por el Estado. Según esas fuentes, las organizaciones dedicadas al narcotráfico conocen con rapidez las limitaciones operacionales impuestas por la regulación y suelen adaptar la ubicación de los cultivos para reducir el riesgo de erradicación.

  • Los cultivadores podrían trasladar las siembras hacia los bordes de quebradas, ríos o nacederos, conscientes de que esas franjas ahora cuentan con una mayor restricción para la aplicación terrestre del herbicida.
  • La nueva delimitación podría convertirse en un “incentivo indirecto” para proteger parte de las plantaciones ilegales, especialmente en regiones donde la geografía está atravesada por abundantes fuentes de agua.
  • Colombia enfrenta una expansión de cultivos de coca que, según el Simci en 2024, llegó a las 261.000 hectáreas, y un fortalecimiento de varias estructuras armadas que financian sus operaciones con el narcotráfico.

La postura de la Anla: rigor ambiental sin concesiones

La Anla, por su parte, sostiene una posición distinta. En la resolución explica que el ajuste responde exclusivamente a criterios jurídicos y ambientales, y recuerda que su función consiste en garantizar que las actividades autorizadas dentro del Pecat cumplan los estándares constitucionales de protección de los recursos naturales y de las rondas hídricas. La resolución incluso enfatiza que cualquier reducción de esa distancia requeriría una justificación técnica y científica suficiente, pues, a juicio de la Corte, el parámetro de 30 metros constituye un mínimo de protección ambiental y no un límite máximo.

Un debate que heredará el próximo gobierno

La discusión, que probablemente heredará el próximo gobierno, volverá a poner sobre la mesa una tensión que ha acompañado durante años la política antidrogas colombiana: hasta dónde pueden fortalecerse las salvaguardas ambientales sin afectar la capacidad del Estado para intervenir los territorios donde el narcotráfico sigue consolidando su presencia.

Para Miguel Tunjano, coronel (r) de Policía Antinarcóticos e ingeniero agrónomo, la resolución no tiene consideraciones técnicas para justificar la decisión de imponer una franja de 30 metros.

La voz del país

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