La llegada de junio también marca una de las fechas más esperadas por millones de empleados en Colombia: el pago de la prima de servicios. Sin embargo, este beneficio económico no cobija a todas las personas que desempeñan una actividad remunerada.
La prima de servicios corresponde a una prestación social que los empleadores deben reconocer a sus trabajadores como una forma de participación en las utilidades generadas por la empresa. Este pago equivale a 30 días de salario por año trabajado y se entrega en dos partes: una a mitad de año y otra en diciembre.
De acuerdo con el Código Sustantivo del Trabajo, la primera cuota debe ser consignada a más tardar el 30 de junio. El monto recibido dependerá del tiempo laborado durante el semestre y del salario devengado por cada empleado.
¿Quiénes quedarían por fuera del pago de la prima en 2026?
La normativa colombiana establece que ciertos trabajadores no tienen derecho a la prima de servicios. Entre ellos se encuentran los empleados que ganan más de 10 salarios mínimos mensuales legales vigentes, los trabajadores temporales que no superan el mes de servicio continuo, y aquellos vinculados mediante contratos de prestación de servicios independientes. Además, los trabajadores del servicio doméstico que laboran por días y no cumplen con los requisitos de subordinación también quedan excluidos.
Recomendaciones para evitar fraudes al cobrar la prima
José Minota Hurtado advierte sobre la importancia de estar alerta al momento de recibir el pago. Los delincuentes suelen aprovechar estas fechas para realizar estafas. Se recomienda verificar el monto depositado, no compartir datos bancarios por teléfono o correo, y acudir directamente a la entidad financiera en caso de dudas.