Cali

¿Quién financia el ascensor en su conjunto? La ley lo aclara

En Colombia, la Ley de Propiedad Horizontal y las normas de accesibilidad definen quién debe pagar un ascensor en conjuntos residenciales. Se necesita mayoría calificada del 70% en la Asamblea General.

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Foto: La voz del país

La aprobación de proyectos para instalar ascensores en edificios o conjuntos residenciales que carecen de este servicio exige una mayoría calificada del 70 % en la Asamblea General, además del cumplimiento de las normas técnicas y urbanísticas vigentes.

En Colombia, la decisión se rige por un marco normativo estricto que involucra tanto la Ley de Propiedad Horizontal como las disposiciones sobre accesibilidad.

La aprobación de estos proyectos requiere una mayoría calificada del 70 % en la Asamblea General. Foto: iStock

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