Política

Gobierno expide decreto con restricciones a celulares para blindar la segunda vuelta

El Decreto 0612 de 2026 prohíbe el uso de celulares en puestos de votación, suspende propaganda política y encuestas, y refuerza la seguridad para las elecciones del 21 de junio.

Publicado

Foto: La voz del país

A cuatro días de la segunda vuelta presidencial, el Gobierno Nacional expidió el Decreto 0612 del 16 de junio de 2026 que contiene una serie de medidas con el que busca garantizar el orden público durante las elecciones del próximo 21 de junio. Aunque varias de las disposiciones son habituales en cada jornada electoral, el nuevo decreto incorpora elementos que reflejan los desafíos de una campaña marcada por la polarización política, la circulación masiva de información en redes sociales y las preocupaciones por la seguridad.

Prohibición de celulares en puestos de votación

Uno de los puntos más llamativos es la prohibición del uso de teléfonos celulares, cámaras fotográficas y dispositivos de video dentro de los puestos de votación entre las 8:00 de la mañana y las 4:00 de la tarde. La medida busca proteger el secreto del voto y evitar prácticas de presión o compra de sufragios, aunque permite excepciones para periodistas acreditados y funcionarios de los organismos de control.

Sin bloqueos de internet

El decreto también marca una diferencia frente a controversias de procesos electorales anteriores. Mientras restringe el uso de dispositivos dentro de los puestos de votación, el Gobierno deja explícito que no podrá haber bloqueos generalizados de internet ni interrupciones a los servicios digitales. La decisión recoge criterios de la Corte Constitucional, que ha reconocido el acceso a internet como un derecho fundamental, y busca evitar interpretaciones que permitan cortes de conectividad durante la jornada electoral.

Pluralismo informativo y sin censura previa

El Gobierno insiste en la obligación de garantizar el pluralismo y el equilibrio informativo durante la campaña. Según la norma, los medios deberán asegurar “el pluralismo, el equilibrio informativo y el respeto por los derechos fundamentales” durante la difusión de contenidos de carácter electoral. No obstante, el Ejecutivo también busca despejar dudas sobre posibles limitaciones a la libertad de prensa, dejando claro que las disposiciones no podrán interpretarse como una autorización para ejercer “censura previa”, intervenir en las líneas editoriales de los medios o imponer validaciones anticipadas para la publicación de contenidos periodísticos.

Suspensión de propaganda y encuestas

El día de las elecciones quedará suspendida toda forma de propaganda política, incluyendo anuncios en radio, televisión o prensa, así como vallas, pasacalles o afiches. Las restricciones se extienden igualmente a la publicación de encuestas, sondeos y proyecciones electorales mientras las urnas permanezcan abiertas, para evitar influencias indebidas sobre los votantes.

Actividades proselitistas en recintos cerrados

Entre el 16 y el 22 de junio únicamente podrán realizarse reuniones políticas en recintos cerrados, una medida preventiva que busca disminuir el riesgo de alteraciones del orden público en los días previos y posteriores a la jornada electoral.

Protección contra violencia política de género

El decreto incorpora una referencia expresa a la violencia política contra las mujeres, recordando la prohibición de “toda propaganda electoral que incite a la violencia por la razón de género” o cualquier acción similar contra mujeres que participan en política por motivos de sexo o género.

Ley seca y cierre de fronteras

En materia de seguridad, el Gobierno activó varias herramientas extraordinarias. Los gobernadores y alcaldes quedaron facultados para ampliar la ley seca si las condiciones de orden público así lo requieren. La restricción nacional regirá desde las 6:00 de la tarde del sábado 20 de junio hasta el mediodía del lunes 22 de junio. Paralelamente, se ordenó el cierre de los pasos fronterizos terrestres y fluviales durante ese mismo periodo, acompañado de controles migratorios especiales.

Movilidad y protección de actores electorales

El decreto también pone especial atención en la movilidad de los votantes. Las autoridades territoriales y las empresas de transporte público deberán garantizar la operación de rutas urbanas, rurales e intermunicipales para facilitar el desplazamiento hacia los puestos de votación. Además, se contempla la adopción de medidas especiales para proteger a funcionarios de la Registraduría, integrantes de las comisiones escrutadoras, observadores internacionales y periodistas encargados de cubrir la jornada.

La voz del país

Somos un medio de comunicación colombiano comprometido con informar de manera oportuna, responsable y transparente sobre los acontecimientos que marcan la realidad del país y del mundo.