Con el fin de reforzar la seguridad durante la posesión presidencial, la Décima Tercera Brigada del Ejército Nacional emitió la Resolución 00006458 de 2026, que suspende temporalmente la vigencia de los permisos especiales para el porte de armas de fuego y traumáticas en Bogotá, Cundinamarca y algunos municipios del Meta.
¿Cuándo y dónde aplica la medida?
La suspensión regirá desde las 6:00 de la tarde del jueves 6 de agosto hasta las 6:00 de la tarde del sábado 8 de agosto de 2026. La medida cobija a personas naturales y jurídicas en Bogotá, los municipios de San Juanito y El Calvario (Meta), y el departamento de Cundinamarca, con excepción de Medina y Paratebueno.
Excepciones contempladas por la ley
Pese a la suspensión, la resolución mantiene las excepciones establecidas en la normatividad vigente. Entre ellas se incluyen los permisos expedidos a la Fiscalía General de la Nación, la Procuraduría, la Contraloría, el Inpec, Migración Colombia, la Unidad Nacional de Protección, la Dirección Nacional de Inteligencia, las empresas de vigilancia y seguridad privada, y las misiones diplomáticas acreditadas en el país.
También quedan exceptuados el personal activo de la Fuerza Pública, los veteranos y los profesionales oficiales de la reserva, entre otros casos previstos por la ley.
Con esta decisión, las autoridades buscan fortalecer las medidas de seguridad durante el periodo en el que se desarrollarán las actividades oficiales relacionadas con el cambio de gobierno y garantizar el cumplimiento de las disposiciones establecidas para esos días.