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Los vacíos sobre el atentado al Club El Nogal que mantienen bajo la lupa de la JEP a los hermanos Arellán Barajas: podrían ser expulsados

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Foto: La voz del país

Noticia Los vacíos sobre el atentado al Club El Nogal que mantienen bajo la lupa de la JEP a los hermanos Arellán Barajas: podrían ser expulsadosEn 2017 salieron de prisión tras beneficiarse de la Justicia Especial para la Paz.Atentado al club El Nogal, el 7 de febrero de 2003. Foto: Archivo EL TIEMPOLink Juan Diego Torres Lasso05.08.2026 09:29 Actualizado: 05.08.2026 09:29 Compartir Guardar Ingrese o regístrese acá para guardar los artículos en su zona de usuario y leerlos cuando quiera Reportar Resumen Cerrar Este resumen fue construido con ayuda de IA. Escuchar 00:0000:001X Comentar La url ha sido copiada en el portapapeles Más de dos décadas después del atentado con carro bomba contra el Club El Nogal, la Jurisdicción Especial para la Paz (JEP) abrió un nuevo capítulo judicial para dos de los exintegrantes de las extintas FARC-EP condenados por ese ataque. La Sala de Reconocimiento de Verdad decidió iniciar un Incidente de Verificación del Régimen de Condicionalidad contra Fernando Arellán Barajas y Herminsul Arellán Barajas para establecer si han cumplido con una de las principales obligaciones que adquirieron al someterse a la justicia transicional: aportar verdad plena sobre lo ocurrido.La decisión quedó consignada en el Auto 12 de 2026, mediante el cual la JEP determinó hechos y conductas atribuidos a antiguos integrantes del Bloque Oriental y del Bloque Sur de las Farc dentro del Caso 10. El documento revela que la Sala adelanta una actuación específica para verificar el cumplimiento de los compromisos asumidos por los dos comparecientes. Fernando Arellán. Foto:Archivo EL TIEMPO Según el auto, la decisión se adoptó el 30 de julio de 2025 durante una diligencia virtual de ampliación de versión voluntaria de Fernando y Herminsul Arellán Barajas. Allí, el despacho de la magistrada Julieta Lemaitre Ripoll abrió el incidente con un propósito concreto: establecer si el aporte de verdad entregado por ambos sobre el atentado satisface las exigencias del régimen de condicionalidad de la JEP. La providencia recuerda que los dos fueron condenados por ese hecho en la justicia ordinaria. Pero el Auto 12 va más allá y explica el origen de esa decisión. La Sala señala que "los hermanos Herminsul y Fernando Arellán Barajas han negado tener responsabilidad como coautores de estos hechos, a pesar de la condena que pesa en su contra ratificada tanto por el Tribunal Superior de Bogotá como por la Corte Suprema de Justicia y la negativa de casación de la Corte Suprema de Justicia. Por esta negativa se adelanta contra ellos un incidente de incumplimiento ante la Sala de Reconocimiento de la JEP". Es decir, la actuación busca establecer si esa postura es compatible con las obligaciones asumidas por ambos al acogerse al sistema de justicia transicional. El régimen de condicionalidad es uno de los pilares del Sistema Integral para la Paz. Quienes se someten a la JEP pueden acceder a beneficios judiciales, pero deben cumplir obligaciones permanentes, entre ellas contribuir de manera efectiva al esclarecimiento de la verdad, reconocer responsabilidades cuando corresponda y garantizar la no repetición. Cuando existen dudas sobre ese cumplimiento, la jurisdicción puede abrir un incidente para verificar si los compromisos siguen vigentes.Atentado al club El Nogal, el 7 de febrero de 2003. Foto:AFP En el caso de los hermanos Arellán Barajas, el Auto 12 deja constancia del inicio del procedimiento mediante el cual la Sala evaluará si la información entregada sobre el atentado al Club El Nogal ha sido suficiente y compatible con las exigencias del régimen de condicionalidad. Como parte de esa actuación, mediante el Auto del 1 de agosto de 2025, la magistratura vinculó formalmente a las víctimas al incidente, les dio acceso al expediente y abrió el traslado para que pudieran solicitar y aportar pruebas. Precisamente, el Auto 12 incorpora las observaciones presentadas por dos víctimas acreditadas que consideran que las versiones rendidas hasta ahora no han permitido esclarecer aspectos fundamentales del atentado.Una de ellas es Fabián Gonzalo Silva Castro, quien trabajaba en el Club El Nogal cuando ocurrió el ataque. En sus observaciones sostuvo que los comparecientes han evadido sus responsabilidades y planteó varias preguntas que, a su juicio, siguen sin respuesta: qué pruebas tenían las Farc para afirmar que el club era utilizado para planear acciones contrainsurgentes; qué información existía sobre la supuesta permanencia de la exvicepresidenta Martha Lucía Ramírez en el club y cómo ello habría influido en la planeación del atentado; y si hubo terceros civiles involucrados en la preparación del ataque. La otra víctima es Catalina Peláez Casasfranco, quien tenía 11 años cuando resultó afectada por la explosión tras terminar una práctica de squash. Ante la JEP aseguró que "nadie contó información nueva sobre el atentado" y manifestó que le resulta difícil creer que alias El Paisa hubiera sido la única persona responsable y la única que conocía todos los detalles de la operación. También expresó que persisten dudas sobre las amenazas que presuntamente recibió el Club El Nogal antes del atentado y sobre varios aspectos logísticos que no fueron aclarados en las versiones voluntarias.Entre esos interrogantes mencionó quién ayudó en la compra de la acción del Club El Nogal que permitió el ingreso del vehículo, cómo fue adquirido el carro bomba, cómo se escogió a John Freddy Arellán para ejecutar esa parte de la operación y precisó, además, que este no era profesor de squash del club, sino únicamente practicante de ese deporte, a diferencia de lo que aparece consignado en parte de la documentación recopilada dentro del expediente. Atentado al club El Nogal, el 7 de febrero de 2003. Foto:EL TIEMPO. Fernando Arellán Barajas y Herminsul Arellán Barajas fueron condenados en 2008 por el Juzgado Octavo Penal del Circuito Especializado de Bogotá a 40 años de prisión por terrorismo, homicidio agravado y tentativa de homicidio agravado, tras ser hallados coautores del atentado perpetrado el 7 de febrero de 2003 contra el Club El Nogal, ataque que dejó 36 personas muertas y 158 heridas.Según las sentencias de la justicia ordinaria, Herminsul Arellán Barajas, conocido con los alias de Pedro o El Flaco, participó en la planeación del atentado y en la instalación del explosivo en el vehículo que fue ingresado al club. Su hermano Fernando intervino en la logística de la operación, incluida la conformación de la empresa utilizada para adquirir una acción del Club El Nogal y facilitar el ingreso del carro bomba.Posteriormente, ambos fueron acreditados como exintegrantes de las Farc y se sometieron a la Jurisdicción Especial para la Paz, donde obtuvieron beneficios transicionales sujetos al cumplimiento del régimen de condicionalidad. En 2023, la JEP determinó que las conductas por las que fueron condenados no son amnistiables, al considerar que corresponden a crímenes de guerra y graves violaciones al Derecho Internacional Humanitario, por lo que continúan compareciendo ante esa jurisdicción.Juan Diego TorresRedacción Justicia Sigue toda la información de Justicia en Facebook y Twitter, o en nuestra newsletter semanal. Compartir Guardar Ingrese o regístrese acá para guardar los artículos en su zona de usuario y leerlos cuando quiera Reportar Resumen Cerrar Este resumen fue construido con ayuda de IA. 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