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Cómo trasladar la matrícula de un carro a Bogotá y evitar pico y placa

Descubra el paso a paso para trasladar la matrícula de su vehículo a Bogotá, los requisitos necesarios y el costo del trámite en 2025 para evitar sanciones por pico y placa.

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Foto: La voz del país

El alcalde Carlos Fernando Galán ha anunciado que los vehículos no matriculados en Bogotá estarán sujetos a restricciones de circulación entre las 6 de la mañana y las 9 de la noche, según la norma vigente. Esta medida busca incentivar que los propietarios registren sus carros en la ciudad, ya que Bogotá ha dejado de recibir 1.1 billones de pesos destinados a la movilidad urbana.

Así puede trasladar la matrícula de su vehículo a Bogotá

La Alcaldía de Bogotá estableció un proceso claro para que los ciudadanos puedan registrar sus vehículos en la capital y evitar las restricciones de pico y placa.

  • Solicite el traslado en el organismo de tránsito donde esté matriculado el vehículo.
  • Acuda a una Ventanilla Única de Servicios y notifique el traspaso.
  • Espere que el organismo de tránsito envíe la carpeta del vehículo a Bogotá.
  • Una vez recibida, radique el trámite en el formulario correspondiente.
  • Pague y apruebe el trámite.
  • Reciba la licencia de tránsito y la nueva placa.

Para realizar el trámite debe cumplir con los siguientes requisitos:

  • Estar inscrito en el Registro Único Nacional de Tránsito (RUNT).
  • No tener multas de tránsito pendientes.
  • Contar con SOAT y revisión tecnicomecánica vigentes.
  • Pagar el impuesto vehicular del año en curso en Bogotá.
  • Presentar las improntas.
  • Tener el formato de solicitud del trámite (disponible para descarga).

Costos del trámite para carros y motos en Bogotá en 2025

El valor para trasladar la matrícula varía según el tipo de vehículo. En Bogotá, para el año 2025, los costos son los siguientes:

  • Carros: $400.200
  • Motos: $75.700

Este trámite actualiza el nombre del propietario en el RUNT, desligando al dueño anterior del vehículo. Está regulado por el Código Nacional de Tránsito Terrestre (ley 769 de 2002), la resolución 12379 de 2012 del Ministerio de Transporte y el Decreto 019 de 2012 (artículo 48).

¿Cómo impactará esta medida en la movilidad de Bogotá?

La voz del país

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