Un fallo con dos caras: aval a la emergencia, pero con límites
La Sala Plena de la Corte Constitucional, con ponencia del magistrado Miguel Polo Rosero, avaló por 8 votos a favor y 1 en contra la emergencia económica decretada por el presidente Gustavo Petro en febrero pasado. La medida buscaba conjurar la ola invernal que dejó más de 150.000 familias damnificadas y afectaciones en ocho departamentos. Sin embargo, el tribunal declaró inconstitucionales dos de los temas más polémicos: las medidas relacionadas con el mercado mayorista de energía y las disposiciones sobre litigios en la distribución de tierras.
Las razones del tribunal: emergencia no es para reformas estructurales
La Corte concluyó que la emergencia sí estaba justificada por las afectaciones climáticas, pero consideró que varias de las medidas adoptadas por el Ejecutivo no tenían una relación directa con la atención de la crisis. En particular, señaló que las disposiciones sobre la crisis financiera de las empresas de energía, las facultades extraordinarias otorgadas a la Agencia Nacional de Tierras para adelantar procesos agrarios y de recuperación de baldíos, y las normas sobre manejo de cuencas hidrográficas y ordenamiento ambiental del territorio eran de carácter estructural y no podían tramitarse por la vía excepcional de la emergencia.
La emergencia no puede convertirse en una herramienta para ejecutar proyectos de largo plazo. Las medidas adoptadas deben estar directamente encaminadas a atender la emergencia y a la fase inmediata de rehabilitación de las zonas afectadas.
Alcance territorial y control fiscal: las condiciones del fallo
El alto tribunal condicionó el alcance territorial del estado de excepción a los 181 municipios reportados por la UNGRD como afectados por el 'frente frío' que azotó principalmente a Córdoba entre enero y febrero pasados. No obstante, dejó la puerta abierta para incluir a otros municipios que demuestren afectaciones concretas derivadas del fenómeno natural. Además, ordenó que los recursos obtenidos para financiar la emergencia tengan controles especiales, se administren de manera separada y solo puedan destinarse a atender las consecuencias de la calamidad. La Corte pidió al Ministerio de Hacienda recalcular el costo real de la emergencia, que el Gobierno había tasado en 8 billones de pesos, pero que fue considerado desfasado por entidades como la Contraloría.
Un llamado a la planeación climática y a fortalecer el sistema de riesgo
La Sala hizo un llamado tanto al Gobierno como al Congreso para que incorporen análisis de impacto climático en la planeación de las políticas públicas. Exhortó al presidente Petro a fortalecer la financiación y la capacidad de respuesta del Sistema Nacional de Gestión del Riesgo de Desastres frente a eventos asociados al cambio climático. Tras el pronunciamiento, quedan vivas la gran mayoría del paquete de 18 medidas ordenadas por el Ejecutivo, a excepción de los artículos y decretos reglamentarios previamente suspendidos, como los numerales del decreto 0174 de 2026 que revivieron la 'expropiación exprés'.