La Corte Suprema de Justicia confirmó que los expresidentes del Congreso, Iván Name y Andrés Calle, permanecerán privados de la libertad y rechazó sus solicitudes de excarcelación por vencimiento de términos. Ambos están acusados de cohecho impropio y peculado por apropiación en el marco del saqueo a la Unidad Nacional para la Gestión del Riesgo de Desastres (UNGRD).
Actualmente, Name y Calle están detenidos en el pabellón de funcionarios públicos de la cárcel La Picota, medida ordenada por la Corte Suprema desde mayo de 2025 y confirmada en junio del mismo año. La Sala de Instrucción emitió la acusación en su contra el 7 de agosto de 2025, y el caso ya fue confirmado un mes después, estando en manos de la Sala de Primera Instancia para el proceso de juzgamiento.
Rechazo a la solicitud de libertad por vencimiento de términos
La defensa de Iván Name solicitó la libertad argumentando que, tras seis meses sin que se realizara la primera audiencia de juicio desde la acusación ejecutoriada, correspondía la excarcelación según el artículo 365 de la Ley 600 de 2000. Andrés Calle presentó un recurso similar con los mismos fundamentos.
Sin embargo, la Corte explicó que debido a las nuevas modalidades de práctica probatoria, especialmente la virtualidad en la administración de justicia, los términos para configurar el vencimiento se duplican. Esta decisión se fundamenta en la providencia CSJ AP1893-2020, que considera la complejidad de recibir testimonios desde el exterior.
Imposibilidad de obtener testimonios clave
Un factor determinante para mantener la privación de la libertad es la dificultad para obtener el testimonio de Carlos Ramón González, prófugo de la justicia y asilado en Nicaragua. El investigador del CTI ha intentado coordinar con autoridades extranjeras para tomar su declaración, pero ha sido imposible contactarlo directamente, solo a través de su abogado.
Además, la vacancia judicial de diciembre pasado retrasó la revisión y resolución de solicitudes probatorias, lo que prolongó el proceso y justificó la negativa de la Corte a conceder la libertad solicitada.
“En atención a los cambios en la forma de practicar las pruebas que trajo la virtualidad en la administración de justicia, los términos previstos para la libertad por vencimiento de términos se duplican”, explicó el magistrado Jorge Caldas.
Con esta decisión, la Corte Suprema reafirma su compromiso con el debido proceso y la búsqueda de justicia en uno de los casos de corrupción más relevantes relacionados con la UNGRD.