Mantener los documentos del vehículo al día es la prioridad de cualquier conductor en Colombia para evitar multas que pueden alcanzar los 30 salarios mínimos diarios legales vigentes (smdlv) por el Seguro Obligatorio contra Accidentes de Tránsito (Soat) o 15 smdlv por la revisión tecnomecánica. Sin embargo, un criterio jurídico reciente puso un límite a la actuación de las autoridades de tránsito, protegiendo a los propietarios de automóviles y motocicletas en situaciones específicas.
Un fallo que redefine las reglas de juego
El Consejo de Estado estableció que la sola ausencia del seguro o de la revisión técnica no constituye una infracción mientras el vehículo permanezca inmóvil. Esto significa que si su automotor está guardado en un garaje, parqueadero privado o incluso estacionado en un espacio público permitido sin estar en circulación, no procede la imposición de una sanción administrativa.
La sola existencia del documento vencido en el sistema Runt no es prueba suficiente para sancionar si el bien está estacionado.
El fallo, que aclara condiciones bajo las que agentes de tránsito no pueden imponer comparendos ni inmovilizar vehículos en Colombia, representa un alivio para conductores que mantienen sus autos en desuso temporal o estacionados por largos periodos. No obstante, las autoridades advierten que la medida no exime de la obligación de tener los documentos al día cuando el vehículo esté en movimiento.