La Procuraduría conceptuó la emergencia económica decretada por el gobierno del presidente Gustavo Petro y pidió declararla exequible frente a las causas relacionadas con la ola invernal, pero tumbarla en lo relacionado con el mercado energético y los problemas estructurales.
El Ministerio Público señaló que la tragedia por lluvias desbordó todas las proyecciones previstas para este tipo de desastres naturales, ya que, según dijo, “se trató de lluvias más intensas y excepcionales”.
La dimensión excepcional del fenómeno evidenció la ineficacia de los instrumentos ordinarios con los que contaba el Ejecutivo para responder a la crisis ocasionada por las precipitaciones atípicas ocurridas entre enero y febrero de 2026
La Procuraduría explicó que, aunque la Ley 1523 de 2012 consagra mecanismos regulares para la gestión del riesgo, estos fueron concebidos para escenarios de menor magnitud. El punto central del concepto es que el llamado ‘frente frío' fue una situación extraordinaria y que los instrumentos previstos para atender la emergencia resultaron insuficientes.
En el documento se menciona que, en el ámbito presupuestal, incluso los recursos del Fondo Nacional de Gestión del Riesgo destinados a la atención de estas emergencias naturales imprevistas se quedaron cortos para cubrir a las más de 150.000 familias damnificadas en ocho departamentos. “Y los recursos ordinarios ya se encontraban comprometidos para financiar proyectos de conocimiento y reducción del riesgo, así como en el manejo de los desastres ocurridos con anterioridad a la declaratoria del estado de excepción”, agrega el Ministerio Público.
Además del ‘frente frío’, pesó la iliquidez por la que el Gobierno decretó en diciembre una emergencia económica que luego suspendió y tumbó la Corte. Sin embargo, la Procuraduría pone de presente este hecho, junto con la inflexibilidad del gasto, para revisar la insuficiencia de los recursos disponibles para atender la crisis.
Para la Procuraduría, además, el diseño normativo no permite reorientar recursos del SGP hacia la atención de emergencias como la ola invernal de enero pasado. Las entidades territoriales manifestaron de manera reiterada que no cuentan con la capacidad fiscal ni con los recursos ordinarios suficientes para atender las consecuencias derivadas de la emergencia.
Sin desacreditar el carácter excepcional de la emergencia, la Procuraduría expresó su preocupación por el reporte de la Contraloría que identificó “diferencias relevantes entre las cifras oficiales y sus ejercicios técnicos, así como vacíos en la trazabilidad de la información, debilidades en la articulación entre diagnósticos, actividades y costos, y un alto nivel de incertidumbre en la cuantificación total de los daños estimados”.
Finalmente, consideró que la emergencia debía caerse frente a las causas esgrimidas por el Gobierno relacionadas con el mercado mayorista energético y con problemas estructurales como el acceso a la tierra. Con este concepto, el magistrado Miguel Polo Rosero podría presentar ponencia para decidir de fondo sobre este estado de excepción, sobre el que ya fueron suspendidos varios decretos, entre ellos el impuesto al patrimonio de entidades sin ánimo de lucro y el que le permitía al Gobierno resolver litigios de tierras por vía administrativa.