Economía

Consejo de Estado reafirma suspensión del primer decreto del salario mínimo 2026

El Consejo de Estado confirmó la suspensión del primer decreto que fijaba el salario mínimo para 2026, ordenando al Gobierno emitir un nuevo decreto con fundamentos técnicos claros.

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Foto: La voz del país

El Consejo de Estado ratificó la suspensión provisional del primer decreto expedido por el Gobierno del presidente Gustavo Petro que establecía el aumento del salario mínimo para 2026 en un 23 %. Esta medida busca garantizar el cumplimiento de criterios técnicos y constitucionales en la fijación del salario mínimo.

El decreto 1469, firmado inicialmente para determinar el incremento salarial, fue objeto de múltiples demandas que cuestionaban las inconsistencias en la valoración técnica utilizada para justificar el aumento. Estas demandas fueron acumuladas en el despacho del magistrado Juan Camilo Morales, quien decidió suspender provisionalmente el decreto mientras se resuelve el proceso de fondo.

Ante esta suspensión, el Gobierno expidió un segundo decreto el 19 de febrero de 2026 que detalló con mayor profundidad los argumentos técnicos que sustentan el aumento del 23 %. Sin embargo, contra la medida cautelar se presentó un recurso de reposición que el Consejo de Estado resolvió el 13 de abril ratificando la suspensión inicial.

Argumentos y decisiones del Consejo de Estado

El recurso de reposición presentado por Oscar Enrique Solaéz de la Hoz argumentó que el Consejo de Estado se extralimitó al ordenar la expedición de un nuevo decreto y que dicha medida no había sido solicitada expresamente por los demandantes. Por su parte, el Ministerio de Hacienda señaló que la exigencia de un nuevo decreto afecta la competencia del Ejecutivo y las condiciones macroeconómicas del país.

No obstante, el magistrado Juan Camilo Morales consideró que sí estaba legalmente facultado para ordenar la expedición de un decreto transitorio con efectos provisionales y que la decisión del Consejo de Estado se ajusta a sus competencias. Además, aclaró que algunos demandantes sí solicitaron la expedición de un nuevo decreto, razón por la cual la petición contenida en el recurso de reposición carece de objeto y fue rechazada.

El Gobierno Nacional deberá atender y aplicar la totalidad de los criterios económicos y constitucionales previstos en la ley y su desarrollo jurisprudencial, en la forma establecida en esta decisión.

Esta decisión representa un precedente en la regulación del salario mínimo en Colombia, evidenciando la importancia de la fundamentación técnica y el control judicial en las políticas salariales del país.

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