Una condena que sella el caso de corrupción en la JEP
La Sala de Casación Penal de la Corte Suprema de Justicia confirmó la sentencia de 4,5 años de cárcel contra el excongresista Luis Alberto Gil Castillo, conocido como ‘el Tuerto Gil’, por los delitos de concierto para delinquir agravado, cohecho propio y tráfico de influencias de servidor público. La investigación demostró que, entre diciembre de 2018 y marzo de 2019, el político santandereano se concertó con otras personas para infiltrar la Jurisdicción Especial para la Paz (JEP) y cometer delitos contra la administración pública y la seguridad pública.
El papel de Gil Castillo en la dilación de la extradición de Santrich
Para la Corte quedó acreditado que el exsenador intervino ilegalmente ante el entonces fiscal de la JEP, Carlos Julián Bermeo Casas, con el propósito de favorecer, a cambio de dinero, a Seuxis Pausias Hernández Solarte —alias ‘Jesús Santrich’— y a otras personas sometidas a esa jurisdicción. Según la sentencia, Gil Castillo gestionó el uso indebido de la función pública que ostentaba Bermeo Casas, con la intención de influir sobre otros funcionarios de la entidad para torpedear el trámite de procesos judiciales.
El expediente incluye grabaciones que evidencian el papel de Gil Castillo, quien afirmaba tener injerencia sobre funcionarios de la JEP para intervenir en procesos sensibles, entre ellos el trámite de extradición de Santrich hacia Estados Unidos. De acuerdo con la decisión, esas gestiones lograron retrasar el proceso de extradición durante más de dos meses.
Grabaciones que incriminan y confirman el concierto ilícito
En las grabaciones aportadas al proceso, la Corte concluyó que Carlos Julián Bermeo Casas ratificó su disposición para ejecutar las gestiones ilegales que ya había anunciado Gil Castillo. Incluso, explicó la forma en la que podía intervenir dentro de la JEP y los resultados que podría conseguir. Para la Sala, no se trató simplemente de que Gil Castillo se “jactara” de tener contactos, sino que existió un ofrecimiento concreto para adelantar gestiones indebidas, irregulares e ilícitas ante otros funcionarios públicos.
La sentencia recalca que, lejos de desmentir o rechazar esas afirmaciones durante las reuniones, Bermeo las avaló y confirmó que ese tipo de actuaciones ya se habían realizado en el caso mencionado.
Las consecuencias del entorpecimiento: la fuga de Santrich
La Corte también respondió a uno de los argumentos del Ministerio Público y señaló que no era necesario demostrar si otros funcionarios de la JEP efectivamente actuaron influenciados por Bermeo Casas, pues el delito de tráfico de influencias “no exige un resultado específico”, al tratarse de una conducta de mera ejecución. Aun así, la Sala advirtió que sí hubo consecuencias: el trámite de extradición de Santrich se retrasó durante el tiempo que se había prometido. Según el fallo, en medio del proceso se extravió un documento y eso permitió que el exjefe guerrillero se fugara antes de ser extraditado a Estados Unidos.
Firmeza de la condena y suficiencia probatoria
Con esos elementos, la Corte concluyó que no existía ningún vacío probatorio frente a la aceptación de cargos y que la Fiscalía sí aportó pruebas suficientes para sustentar la condena por tráfico de influencias y los demás delitos imputados. La decisión fue proferida por la Sala de Casación Penal de la Corte Suprema de Justicia, dejando en firme la condena impuesta en instancias anteriores contra el excongresista.