Judicial

Corte Suprema absuelve a mujer que pidió $200.000 por devolver celular hallado en TransMilenio

La Corte Suprema de Justicia absolvió a Wendy Camila Flórez Rodríguez, quien pidió $200.000 para devolver un celular perdido en TransMilenio. El alto tribunal consideró que no hubo extorsión porque no se acreditaron amenazas ni intimidación.

Publicado

Foto: La voz del país

La Sala de Casación Penal de la Corte Suprema de Justicia absolvió a Wendy Camila Flórez Rodríguez, quien había sido condenada por extorsión en grado de tentativa tras exigir $200.000 a cambio de devolver un celular que una usuaria había extraviado en TransMilenio. La decisión, con ponencia del magistrado Jorge Hernán Díaz Soto, también benefició a Diego Andrés Castellanos Najar, condenado como cómplice, quien quedó igualmente absuelto.

Los hechos que llevaron al proceso

El caso se remonta al 29 de agosto de 2018, cuando Diana Catalina Alemán Moreno perdió un teléfono Samsung S7 Edge mientras se movilizaba en un bus articulado de TransMilenio. Al día siguiente, recibió llamadas de una mujer que aseguró haber encontrado el aparato y le manifestó que para recuperarlo debía entregarle $200.000, suma que, según dijo, correspondía al costo de “desbloquearlo”. Ambas acordaron encontrarse en el centro comercial Metrópolis para concretar la devolución.

La víctima informó de la situación a su padre, quien asumió la comunicación con la mujer. Aunque inicialmente se pactó el encuentro, decidieron no entregar dinero y acudir a la Policía en caso de que el teléfono no fuera devuelto. Cuando llegaron al lugar acordado, la mujer insistió en que “sin plata no hay celular”. La Policía intervino y capturó a Wendy Camila Flórez Rodríguez. Posteriormente, los uniformados hallaron el teléfono en poder de Diego Andrés Castellanos Najar, quien acudió al sitio tras ser llamado por la procesada.

La decisión de la Corte Suprema

Por estos hechos, ambos fueron acusados y condenados por extorsión tentada. Sin embargo, la Corte Suprema concluyó que las conductas atribuidas no encajan en el delito previsto en el artículo 244 del Código Penal. Según la Sala, para que exista extorsión no basta con exigir dinero. Es indispensable que el autor constriña a la víctima mediante amenazas, intimidaciones o mecanismos de presión capaces de reducir su capacidad de decisión y obligarla a actuar contra su voluntad.

“La exigencia económica de $200.000 pesos, a cambio de entregarle su celular, no encuadra dentro del tipo penal de extorsión”, señaló la Corte al estudiar el recurso de casación presentado por la defensa.

El alto tribunal destacó que durante la conversación entre las partes no hubo amenazas, violencia ni advertencias de causar algún daño. Por el contrario, la propietaria del celular aceptó inicialmente reunirse con la mujer porque consideró que era una oportunidad para recuperar el dispositivo. La Corte también advirtió que, aunque condicionar la devolución de un bien ajeno al pago de una suma de dinero resulta censurable desde el punto de vista ético y contrario al principio constitucional de solidaridad, ello no convierte automáticamente la conducta en una extorsión.

En su análisis, la Sala explicó que la víctima conservó en todo momento su autonomía para decidir cómo actuar, al punto que optó por comunicarse con la Policía y no acceder al pago solicitado. Asimismo, precisó que no se acreditó la existencia de un “entorno coercitivo” ni de amenazas sobre la pérdida definitiva del celular, su destrucción o la divulgación de la información almacenada en el dispositivo, circunstancias que sí podrían configurar una conducta extorsiva.

Por ello, la Corte concluyó que los hechos eran atípicos desde el punto de vista penal y decidió casar la sentencia del Tribunal Superior de Bogotá para absolver a los procesados.

La voz del país

Somos un medio de comunicación colombiano comprometido con informar de manera oportuna, responsable y transparente sobre los acontecimientos que marcan la realidad del país y del mundo.