La campaña del candidato presidencial Abelardo de la Espriella podrá seguir utilizando los logos, símbolos y la frase 'Firme por la patria', cuyo uso había prohibido una polémica decisión del Tribunal de Bogotá. La Corte Suprema de Justicia admitió una tutela contra este fallo y decretó la suspensión provisional de sus efectos mientras decide de fondo.
Medida cautelar para evitar un perjuicio irremediable
El 9 de junio, el magistrado Rafael Albeiro Chavarro admitió una tutela en la que se alegaba la vulneración del derecho de los ciudadanos a la libre escogencia y ordenó, como medida cautelar, que el candidato se abstuviera de utilizar el eslogan de campaña 'Firmes por la patria' y retirara, en un plazo de 24 horas, toda la propaganda política que incluyera símbolos patrios.
De la Espriella interpuso una tutela que acaba de ser admitida por la Sala Laboral de la Corte Suprema que, a su vez, ordenó como medida cautelar la suspensión de los efectos del fallo demandado. El candidato consideró que la orden del tribunal lo ponía en la disyuntiva de desmontar, en un plazo de 24 horas, toda la estrategia publicitaria de su campaña e informar a sus seguidores sobre la imposibilidad de seguir utilizando esos elementos, a escasos días de la segunda vuelta presidencial, lo que, a su juicio, configuraba un 'perjuicio irremediable e irreversible'.
Ponderación de derechos en tensión
La Corte estudió si la medida cautelar ordenada por el juez de tutela tenía sustento jurídico, precisamente por tratarse de una herramienta de carácter excepcional que exige un ejercicio de ponderación para evitar que 'la medida provisional no genere un daño desproporcionado a quien resulta directamente afectado por ella, lo cual exige un ejercicio de ponderación entre los derechos en tensión, a fin de evitar que, con el pretexto de proteger un derecho, se causen perjuicios graves e irreparables a otros derechos o intereses jurídicos igualmente relevantes', se lee en el fallo.
Con base en este principio, la Corte consideró que si mantiene la prohibición, mientras decide de fondo la tutela, De la Espriella se 'vería obligado a desmontar', en plena recta final de la campaña, la identidad publicitaria con la que ha sido reconocido por el electorado y a transmitir a la ciudadanía un mensaje de renuncia o repliegue frente a dicha identidad. 'Aun si la decisión de fondo le resultara favorable y se concluyera que la orden cuestionada fue arbitraria, el efecto comunicacional y electoral de su cumplimiento inmediato sería... irreversible, pues no sería posible restituir ante el electorado, en la antesala de una votación, una identidad de campaña que ya fue retirada y cuya imposibilidad de uso fue divulgada masivamente', se lee en el fallo.
Falta de análisis individual de los símbolos
Para la Corte, la decisión judicial agrupó bajo una misma consideración (y prohibición) elementos de naturaleza distinta, como la bandera nacional, determinadas combinaciones de colores, expresiones de contenido patriótico, saludos de las FF. MM. e imágenes relacionadas con instituciones militares, sin hacer un análisis individual de cada uno de ellos. Tampoco precisó cuáles de esos elementos constituyen, en estricto sentido, símbolos patrios cuya utilización está prohibida por la ley y cuáles corresponden simplemente a recursos gráficos, expresivos o discursivos asociados a una narrativa de carácter patriótico.
Múltiples tutelas en el mismo sentido
Contra la decisión del Tribunal han llegado, hasta ahora, 20 tutelas a la Sala Laboral. Dos despachos ya se pronunciaron en el mismo sentido. Entre ellas está el auto admisorio de la tutela presentada por De la Espriella, con ponencia del magistrado Víctor Julio Perea, así como otras decisiones similares adoptadas en respuesta a las demandas de ciudadanos interesados, entre ellos el penalista Fabio Humar.
La Corte concluyó que permitir que las órdenes contenidas en el auto del 9 de junio de 2026 surtieran efectos de manera inmediata, en los términos amplios e indeterminados en que fueron formuladas, generaría un daño que ninguna decisión judicial posterior a la segunda vuelta presidencial podría reparar.