Empleo

Despidos a trabajadoras embarazadas solo con autorización y justa causa

El Código Sustantivo del Trabajo prohíbe el despido de mujeres embarazadas sin autorización previa del Ministerio de Trabajo. Solo en casos de justa causa, como robo o falsificación, se puede autorizar la desvinculación laboral, garantizando indemnización y debido proceso.

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Foto: La voz del país

El Código Sustantivo del Trabajo establece un fuero de maternidad que protege a las trabajadoras embarazadas y en periodo de lactancia frente a despidos injustificados. Según el artículo 239, modificado por la Ley 1822 de 2017, ninguna mujer puede ser despedida por motivo de embarazo o lactancia sin la autorización previa del Ministerio de Trabajo.

La Corte Constitucional, mediante la Sentencia T-014 de 2026, reafirmó esta prohibición y aclaró que la desvinculación durante el periodo de lactancia no puede basarse en motivos discriminatorios. Sin embargo, el Ministerio de Trabajo puede autorizar el despido si existen causales justificadas.

Casos en los que se puede autorizar el despido

El Ministerio de Trabajo solo autoriza el despido de una mujer embarazada cuando el empleador demuestra una justa causa, como robo o falsificación de documentos. Para ello, el empleador debe iniciar un trámite formal que incluye la presentación de pruebas y la evaluación del caso por parte de un inspector de trabajo.

Proceso para solicitar la autorización de despido

  • El empleador debe presentar una solicitud formal acompañada de documentos que prueben la justa causa para el despido.
  • Se requiere copia del contrato de trabajo y comprobantes de pagos a la seguridad social de los últimos tres meses.
  • El inspector de trabajo evalúa el caso, escucha a la trabajadora y verifica las pruebas para decidir si autoriza el despido.
  • El trámite puede realizarse de manera presencial o virtual.
  • Sin autorización previa, el despido es nulo y el empleador debe garantizar la estabilidad laboral de la trabajadora.

En caso de que el Ministerio de Trabajo autorice el despido, la trabajadora tiene derecho a una indemnización adicional de sesenta días de trabajo, aparte de las prestaciones y pagos que correspondan según su contrato laboral.

La voz del país

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