El ordenamiento jurídico colombiano, a través de directrices del Ministerio del Trabajo y fallos constitucionales vigentes, recordó a las empresas del sector público y privado la obligación de otorgar descansos compensatorios remunerados con motivo de las elecciones presidenciales programadas para el 31 de mayo de 2026.
Beneficios para jurados de votación y votantes
- Los jurados de votación tienen derecho a un día de descanso remunerado por su labor en los comicios.
- Los votantes que ejerzan su derecho al voto recibirán medio día de descanso remunerado.
- El Ministerio del Trabajo vigilará el cumplimiento de estos beneficios en todo el territorio nacional.
Los jurados tienen derecho a un día de descanso remunerado y los votantes, a medio día. Foto: Registraduría Nacional del Estado Civil
La normativa aplica tanto para el sector público como privado, y su incumplimiento puede acarrear sanciones. Se recomienda a los trabajadores consultar con sus empleadores sobre la aplicación de estos descansos.