A poco más de dos semanas de la segunda vuelta presidencial del próximo 21 de junio de 2026, miles de colombianos se preparan para cumplir nuevamente una de las funciones más importantes dentro de la jornada democrática: ejercer como jurados de votación.
El llamado de la Registraduría
De acuerdo con la Registraduría Nacional del Estado Civil, las personas designadas deberán presentarse desde las 7:00 a. m. en el puesto asignado para recibir el material electoral, organizar la mesa junto con los funcionarios de la entidad electoral y dejar todo listo para la apertura de las urnas de 8:00 a. m. a 4:00 p. m.
Precisamente, la Registraduría recordó el pasado miércoles 3 de junio, a través de sus canales oficiales, que quienes fueron seleccionados para desempeñar esta labor durante la primera vuelta presidencial del 31 de mayo continuarán ejerciendo la misma función en la segunda vuelta. "Los esperamos en el mismo puesto y mesa de votación para seguir fortaleciendo nuestra democracia", señaló la entidad mediante una publicación en redes sociales.
¿Puede una mujer embarazada excusarse?
Sí. Según el Código Electoral colombiano, las mujeres embarazadas pueden presentar una excusa válida para no ejercer como juradas de votación. Para ello, deben presentar una incapacidad médica o un certificado que acredite una condición de riesgo durante la gestación. El trámite se realiza ante la Registraduría o la autoridad electoral correspondiente, siguiendo el paso a paso establecido por la entidad.
Las mujeres embarazadas pueden excusarse de ser juradas de votación presentando una incapacidad médica o certificado de riesgo durante la gestación.