Judicial

Juez frena bombardeos en Arauca: exige revisar protocolos para proteger a menores en grupos armados

Un juez de Arauca ordenó suspender los bombardeos en el departamento hasta que las Fuerzas Militares revisen sus protocolos, tras una tutela que denunció la falta de medidas para proteger a menores de edad reclutados por grupos ilegales.

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Foto: La voz del país

El Juzgado Segundo Administrativo Oral del Circuito de Arauca falló a favor de una acción de tutela presentada por la Personería Municipal de Puerto Rondón, que buscaba suspender los bombardeos en el departamento hasta revisar los protocolos de las Fuerzas Militares, con el objetivo de proteger los derechos de los niños, niñas y adolescentes (NNA) que integran grupos armados ilegales.

Los bombardeos que motivaron la tutela

En los últimos meses, las Fuerzas Militares ejecutaron dos bombardeos en Arauca contra alias 'Antonio Medina', comandante del frente 28 de las disidencias de las Farc. El más reciente ocurrió en marzo de 2026, cuando fueron bombardeados seis campamentos entre Arauca y Casanare. Sin embargo, el operativo clave para la tutela fue el del 13 de noviembre de 2025, una ofensiva de alta precisión que incluyó el despliegue de fuerzas especiales. En esa operación fue recuperado un menor de edad, y las Fuerzas Militares aseguraron que no hubo afectaciones a la población civil.

La denuncia del personero municipal

El personero de Puerto Rondón, Óscar Fernando Vanegas Ávila, basó su denuncia en información comunitaria que indicaba que más de la mitad de los integrantes de la estructura atacada eran menores de edad migrantes, de entre 15 y 17 años. Vanegas cuestionó al Ministerio de Defensa y a la Fuerza Aeroespacial por respuestas que calificó como 'evasivas, genéricas y sin soporte técnico', y criticó que se invocara la reserva legal para ocultar la presunta inexistencia de protocolos. También pidió una política pública de desvinculación humanitaria que prohíba considerar a los menores de 18 años como combatientes.

Ordenar a la Fuerza Aeroespacial la suspensión de bombardeos a estructuras o grupos criminales organizados en el departamento de Arauca hasta tanto se lleve a cabo el ajuste y la difusión del protocolo mencionado.

Las órdenes del juez

El fallo exige al presidente de la República, al ministro de Defensa y al comandante de la Fuerza Aeroespacial realizar, en un plazo máximo de dos meses, una revisión exhaustiva de los procedimientos de 'ataque estratégico', 'interdicción aire-tierra' y 'apoyo aéreo cercano'. El ajuste debe garantizar que las medidas de inteligencia identifiquen la presencia de menores antes de proceder con ataques, asegurándoles el derecho a la vida e integridad personal como víctimas del conflicto armado.

El juez también ordenó que, una vez ajustado, el protocolo sea difundido a todas las unidades tácticas en Arauca mediante capacitaciones en Derecho Internacional Humanitario (DIH), con énfasis en el interés superior de los menores. Además, la Procuraduría, la Defensoría del Pueblo y el ICBF deberán acompañar y verificar el cumplimiento de estos derechos en la formación de las Fuerzas Militares.

Se agoten todas las medidas de inteligencia y operativas posibles, a efectos de distinguir la presencia de NNA dentro de los grupos armados organizados que son objetivo militar, y se adopten las medidas pertinentes en virtud de las máximas del derecho internacional humanitario y los postulados de la Corte Constitucional.

El impacto en las cifras de reclutamiento

La decisión se suma a las estadísticas del director de Medicina Legal, Ariel Emilio Cortés, quien reportó que aproximadamente 65 menores de edad fallecieron en operaciones militares durante el cuatrienio del actual Gobierno, con edades entre los 14 y 17 años. En 2025, la Defensoría del Pueblo registró 257 casos de menores víctimas de reclutamiento forzado.

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