La Comunidad Andina (CAN) emitió una resolución que fija un plazo de 10 días hábiles para que Ecuador elimine las restricciones arancelarias impuestas al comercio con Colombia. La medida, adoptada mediante la Resolución 2581 del 7 de mayo, concluye que las barreras impuestas por Quito vulneran el Acuerdo de Cartagena y afectan la libre circulación de mercancías en la subregión.
El fallo del organismo regional
Según la Secretaría General de la CAN, la decisión de Ecuador de habilitar únicamente el puente internacional de Rumichaca como paso autorizado para mercancías colombianas constituye una 'restricción al comercio subregional andino'. El organismo determinó que esta medida unilateral afecta directamente el flujo comercial entre ambos países y contraviene los principios de integración económica.
Impacto en la relación bilateral
La resolución se da en medio de una creciente escalada comercial entre Colombia y Ecuador. Expertos advierten que, de no cumplirse el plazo, podrían activarse mecanismos de sanción contemplados en el ordenamiento jurídico andino, lo que agravaría aún más las tensiones diplomáticas y económicas entre las dos naciones.
La restricción impuesta por Ecuador configuró una violación a las normas de libre circulación previstas en el Acuerdo de Cartagena.
Próximos pasos y consecuencias
Ecuador deberá presentar un informe detallado sobre el cumplimiento de la resolución ante la Secretaría General de la CAN en el plazo estipulado. De no hacerlo, el caso podría escalar a instancias superiores del tribunal andino, con posibles sanciones económicas o comerciales para el país incumplidor.