Cali

Consejo de Estado niega frenar la posesión en Cali: la demanda sigue viva

El Consejo de Estado negó la medida cautelar que buscaba impedir la posesión presidencial de Abelardo de la Espriella en Cali, aunque admitió la demanda de nulidad. El tribunal considera que la Constitución permite el cambio de sede si ambas cámaras lo acuerdan.

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Foto: La voz del país

El Consejo de Estado negó la solicitud de suspensión provisional de urgencia presentada para frenar el traslado del Congreso a Cali, donde se realizará la posesión del presidente electo, Abelardo Gabriel De La Espriella. No obstante, el alto tribunal admitió la demanda de nulidad contra las decisiones adoptadas por el Senado y la Cámara de Representantes, por lo que el proceso continúa su curso.

Los argumentos del demandante

La acción fue interpuesta por Juan Pablo Saáb Ramírez, quien sostuvo que el Congreso solo podía trasladar la posesión presidencial fuera del Capitolio Nacional si existía una situación de fuerza mayor o una alteración del orden público. A su juicio, al no presentarse esas circunstancias, la ceremonia debía realizarse en la sede habitual del Congreso en Bogotá.

La decisión del magistrado

El magistrado Pablo Andrés Córdoba Acosta concluyó que, en esta etapa inicial, no se advierte una vulneración evidente de la Constitución o la ley que justifique una medida cautelar de urgencia. El despacho recordó que el artículo 140 de la Constitución autoriza expresamente que ambas cámaras, por acuerdo entre ellas, trasladen su sede a otro lugar, sin que la exigencia de perturbación del orden público sea un requisito general.

Tampoco se desprende de lo expuesto que la única condición para autorizar el traslado sea una situación de fuerza mayor o una grave perturbación del orden público... Del artículo 140 de la Constitución y del artículo 33 del Reglamento del Congreso se desprende que esa es apenas una de las dos posibilidades.

Lo esencial: el juramento ante el Congreso en pleno

El tribunal señaló que lo fundamental es que el juramento se realice ante el Congreso reunido en pleno, sin importar el lugar donde sesione, siempre que el traslado haya sido aprobado por Senado y Cámara en los términos legales. Por ello, negó la suspensión solicitada al no encontrar una ilegalidad manifiesta.

La demanda sigue su curso

Aunque rechazó la medida cautelar, el Consejo de Estado admitió la demanda de nulidad y ordenó notificar al Senado, a la Cámara de Representantes, al Ministerio Público y a la Agencia Nacional de Defensa Jurídica del Estado. Las entidades demandadas deberán aportar los antecedentes administrativos del acto cuestionado.

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