Política

El CNE impide a Iván Cepeda participar en consulta del Frente por la Vida

El Consejo Nacional Electoral decidió que Iván Cepeda no podrá participar en la consulta del Frente por la Vida el 8 de marzo debido a una norma que prohíbe estar en dos consultas presidenciales en un mismo proceso electoral.

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Foto: La voz del país

El CNE define la inhabilidad de Iván Cepeda

El Consejo Nacional Electoral (CNE) resolvió con una votación de 6-4 que Iván Cepeda no podrá participar en la consulta de la izquierda organizada por el Frente por la Vida, prevista para el 8 de marzo. Esta decisión se fundamenta en que Cepeda ya compitió y ganó en la consulta del Pacto Histórico el pasado 25 de octubre.

Los votos que marcaron la diferencia en el CNE

Los magistrados Alfonso Campo, Maritza Martínez, Benjamín Ortiz, Álvaro Hernán Prada, Cristian Quiroz y el conjuez Hollman Ibáñez, quien emitió el voto decisivo, votaron en contra de la participación de Cepeda. Ibáñez, representante del partido Alianza Verde, argumentó que la consulta anterior tuvo carácter interpartidista, lo que impide la doble participación.

‘Se configuró una prohibición para el candidato Cepeda porque la consulta del año pasado tuvo un carácter interpartidista’, afirmó Hollman Ibáñez.

Por su parte, los magistrados Fabiola Márquez, Alba Lucía Velásquez y Álvaro Echeverry votaron a favor de permitir la participación de Cepeda, pero su ponencia fue rechazada por la mayoría.

Implicaciones para otros candidatos en la consulta

La decisión del CNE abre la discusión sobre la permanencia en la consulta del Frente por la Vida de figuras como Roy Barreras, Camilo Romero y Juan Fernando Cristo, quienes podrían considerar retirarse para apoyar a Cepeda directamente en la primera vuelta electoral del 31 de mayo.

El conjuez Alberto Rojas Ríos defendió la participación de Cepeda argumentando que los partidos que participaron en la consulta de 2023 se fusionaron en el Pacto Histórico, pero esta postura fue superada por la interpretación mayoritaria del CNE basada en la Ley 1475 de 2011, que prohíbe a un candidato participar en dos consultas presidenciales en el mismo proceso electoral.

El CNE revoca listas del Pacto Histórico en Valle y Bogotá

Además, el CNE revocó las listas a la Cámara de Representantes del Pacto Histórico en Valle del Cauca y Bogotá por incumplir un acuerdo de voluntades. Cuando el Pacto no era partido político, superó el 15% de los votos válidos en las elecciones legislativas de 2022, y la ley establece que partidos que superan ese porcentaje no pueden presentarse en coalición.

¿Cómo afectará esta decisión la contienda electoral?

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