Un giro en la competencia judicial
La Corte Constitucional se declaró inhibida para pronunciarse de fondo sobre la legalidad del Decreto 0721 del 25 de junio de 2025, con el que el Gobierno reglamentó aspectos del acto legislativo que creó las curules de paz. EL TIEMPO conoció que la decisión se basó en que la norma es un acto administrativo, cuya competencia recae en el Consejo de Estado.
¿Qué establece el decreto sobre las curules de paz?
El decreto adicionó un capítulo al reglamento administrativo del Ministerio del Interior y estableció que los representantes a la Cámara elegidos por las Circunscripciones Transitorias Especiales de Paz (Citrep) que incumplan los requisitos previstos en el Acto Legislativo 02 de 2021 estarán sujetos al mismo régimen de sanciones contemplado en la Constitución para los congresistas. Esto incluye ser investigados y juzgados penalmente por la Corte Suprema de Justicia.
La Procuraduría señaló: 'La Corte Constitucional no es competente para revisar la constitucionalidad del Decreto 721 de 2025. A juicio del Ministerio Público, dicha facultad es exclusiva del Consejo de Estado, en los términos de los artículos 237, numeral 2, y 241, numeral 5 de la Constitución'.
El debate sobre la competencia
La norma llegó a la Corte Constitucional el 23 de julio del año pasado para su revisión. Sin embargo, durante el estudio del caso surgió una discusión sobre la competencia del alto tribunal. La controversia se centró en que la propia Corte había señalado previamente que la reforma constitucional que creó las curules de paz no otorgó facultades al Gobierno para expedir decretos con fuerza de ley ni normas de rango estatutario.
Por reparto, el expediente fue asignado inicialmente al entonces magistrado José Fernando Reyes. Tras su salida de la Corte, el caso pasó al despacho del magistrado Héctor Carvajal. Finalmente, la Sala Plena concluyó, con duros salvamentos de voto, que no era competente para estudiar la constitucionalidad del decreto, coincidiendo con el concepto emitido por el procurador Gregorio Eljach.
Antecedentes: el caso de Karen Manrique
Recientemente, la Corte Suprema de Justicia llamó a juicio y ordenó la captura de Karen Manrique, representante de una de las curules de paz de Arauca, por su presunta participación en el saqueo a la Unidad Nacional para la Gestión del Riesgo de Desastres (UNGRD). Este caso ilustra la aplicación del régimen sancionatorio que ahora será revisado por el Consejo de Estado.