Restricción para vehículos particulares
Para el miércoles 10 de junio de 2026, la restricción de pico y placa aplicará para los vehículos particulares cuyas placas terminen en 1, 2, 3, 4 y 5. Estos automotores no podrán circular entre las 6 a. m. y las 9 p. m., de acuerdo con la normativa vigente en Bogotá.
Los vehículos particulares con placas finalizadas en 6, 7, 8, 9 y 0 sí podrán movilizarse durante la jornada sin restricciones relacionadas con la medida.
Pico y placa para taxis
En el caso de los taxis, la medida también estará vigente este miércoles. Los vehículos de servicio público tipo taxi cuyas placas terminen en 1 y 2 no podrán circular entre las 5:30 a. m. y las 9 p. m. La restricción busca optimizar la movilidad y mejorar la prestación del servicio de transporte público individual en diferentes sectores de la capital.
Vehículos exentos de la medida
La normativa contempla excepciones para vehículos de emergencia y automotores destinados a servicios esenciales, como ambulancias, vehículos de bomberos y organismos de seguridad. Las motocicletas continúan exentas de la medida de pico y placa y podrán circular sin restricciones durante todo el día. Asimismo, la medida no aplica durante los fines de semana para ningún tipo de vehículo.
Este contenido fue reescrito con la asistencia de una inteligencia artificial, basado en la información publicada por la Alcaldía de Bogotá, y contó con la revisión de la periodista y un editor.