Judicial

Procuraduría se opone a solicitud de nulidad de la Casa de la Moneda de Portugal en demanda por pasaportes

La Procuraduría se opone a la nulidad presentada por la Casa de la Moneda de Portugal en la demanda contra el contrato de pasaportes. El ente de control pidió desestimar los argumentos portugueses por falta de oportunidad y por considerar válida la notificación.

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Foto: La voz del país

Un oficio de 16 páginas responde a la nulidad portuguesa

La Procuraduría General se pronunció ante el incidente de nulidad planteado por la Casa de la Moneda de Portugal, en medio de la demanda en contra del contrato para la expedición de pasaportes. Con un oficio de 16 páginas, sentó una postura frente a las pretensiones de los portugueses.

La respuesta se produce luego de que el Tribunal Administrativo de Cundinamarca, donde se estudia la demanda, requirió a la Procuraduría hace unos días ante el incidente elevado por la Casa de la Moneda de Portugal. Este país juega un papel importante en la elaboración de los pasaportes porque bajo el nuevo modelo expedido por el gobierno del presidente Gustavo Petro, es el encargado de su producción de la mano de la Imprenta Nacional.

La Procuraduría es una de las que ha demandado el contrato por más de 1 billón de pesos, al advertir que se habrían cometido errores suficientes para tumbarlo. El estudio de los argumentos enlistados por el Ministerio Público está a cargo del despacho del magistrado José Élver Muñoz.

Los argumentos de la Procuraduría contra la nulidad

El oficio dirigido al Tribunal de Cundinamarca la semana pasada lleva la firma del delegado Marcio Melgosa, a cargo de este expediente. El funcionario recordó que el pasado 27 de mayo la Casa de la Moneda presentó una nulidad en aras de desestimar los argumentos de la demanda.

La tesis de los portugueses es que se cometieron supuestas irregularidades en la notificación de la demanda, lo que haría que los desvinculen de este proceso. Específicamente, al no enviarse una carta rogatoria, sino un correo electrónico que carecería de formalidad.

El incidente debió presentarse de manera verbal o por escrito durante audiencia, en la que se surte el traslado, y de ser posible, se resuelve en la misma oportunidad procesal. Por consiguiente, es menester dar aplicabilidad a lo ordenado en la norma especial -Ley 1437 de 2011 (CPACA)-, a efectos de lograr una decisión ajustada a la ley y de esta manera evitar vicios e irregularidades en el procedimiento.

Aunque de entrada pidió que se desestimen los argumentos de la Casa de la Moneda, la Procuraduría pasó a pronunciarse de fondo frente al pedido de nulidad, con el cual afirma estar inconforme, y que el 18 de marzo el Tribunal de Cundinamarca adelantó los trámites para elaborar la carta rogatoria a enviar a Europa a través de la Cancillería.

El delegado Melgosa explicó que el pasado 6 de febrero remitió el escrito de la demanda y toda la documentación anexa debidamente traducida al portugués. 'Las actuaciones descritas hasta este punto evidencian que el Tribunal corrigió el error acaecido en el auto admisorio de la demanda respecto del trámite que debía impartirse en la notificación personal a la Casa Da Moeda de Portugal; se inició el procedimiento pertinente con la elaboración de la carta rogatoria; y la Procuraduría aportó la documentación, en su momento solicitada, traducida en idioma portugués. Estas actuaciones dan cuenta inequívoca del cumplimiento al debido proceso y de la concreción de la garantía constitucional al derecho de defensa y contradicción que le asiste al demandado', reseñó el ente de control.

Una contradicción en la actuación de la Casa de la Moneda

La observación incluye que mientras se surtía el trámite de la carta rogatoria, desde Portugal se presentó el incidente de nulidad, a través del abogado Felipe de Vivero. 'Resulta confuso el proceder del apoderado de la Casa Da Moedal, quien a través de incidente pretende anular sus propias actuaciones procesales, verbigracia, el escrito de contestación de la demanda, alegando una indebida notificación del auto admisorio, siendo que sus escritos revelan que tiene pleno conocimiento de la existencia del proceso y del contenido de la demanda', explicó el ente de control.

Asimismo, expuso que carece de solidez el hecho de que se quiera anular el proceso por una supuesta irregularidad en el momento de notificar la demanda. Ahora, el Tribunal tendrá que analizar los argumentos y tomar una decisión.

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