Tener una mascota en un conjunto residencial o en espacios públicos implica cumplir estrictas obligaciones cívicas. De no hacerlo, puede ser multado con hasta dos salarios mínimos diarios legales vigentes (smdlv), e incluso más dependiendo de la reincidencia y el tipo de infracción.
¿Qué dice la ley sobre los excrementos de mascotas?
Según la Ley 1801 de 2016, del Código Nacional de Seguridad y Convivencia Ciudadana, es una obligación legal responder por su mascota y recoger sus excrementos, tanto dentro de la Ley de Propiedad Horizontal (parqueaderos, jardines o pasillos) como en espacios públicos como andenes, calles y parques.
Sanciones y reincidencia
La multa base es de dos salarios mínimos diarios legales vigentes. En caso de reincidencia, las autoridades pueden imponer sanciones más severas, que incluyen aumentos en el valor de la multa o incluso la suspensión temporal de la tenencia del animal.
Recoger los excrementos de su mascota no solo es una muestra de civismo, sino una obligación legal que evita sanciones económicas y contribuye a la convivencia ciudadana.