Un operativo sin precedentes para proteger bienes incautados
La directora de la Sociedad de Activos Especiales (SAE), Amelia Pérez, alertó sobre la posible salida de cerca de 19.000 inmuebles incautados a la mafia y otras organizaciones criminales del registro estatal, tras una medida provisional del Consejo de Estado que suspendió la Instrucción Administrativa 9 de 2022 de la Superintendencia de Notariado y Registro.
Esta situación pone en riesgo la lucha contra el crimen organizado y afecta las finanzas públicas, ya que la SAE administra estos bienes y tiene la capacidad de arrendarlos mientras están bajo medidas cautelares.
Fiscalía aclara diferencia entre caducidad de inscripción y vigencia de la medida cautelar
Juan Felipe Cárdenas Restrepo, director especializado de Extinción del Derecho de Dominio, explicó que la caducidad en el registro de una medida cautelar no implica que la medida judicial pierda vigencia. La medida continúa vigente hasta que una autoridad judicial competente ordene su levantamiento.
El funcionario también aclaró que el inventario de 19.000 bienes podría incluir inmuebles no exclusivamente sujetos a procesos de extinción de dominio, por lo que la Fiscalía realiza una depuración y verificación exhaustiva.
Procesos para evitar la liberación de bienes al mercado
Aunque terceros pueden solicitar ante la Superintendencia de Notariado el levantamiento de la inscripción por caducidad, la autoridad judicial que decretó la medida debe ser notificada y puede intervenir para evaluar el interés legítimo de la solicitud.
Para evitar la liberación de estos bienes, la Fiscalía ha enviado más de 1.500 oficios a la Superintendencia solicitando la renovación, prórroga o reinscripción de las medidas cautelares.
Además, la Superintendencia de Notariado expidió una instrucción administrativa que prohíbe levantar medidas cautelares por caducidad sin agotar un proceso de verificación previo.
Acciones legales y reformas en curso
La Fiscalía anunció que presentará acciones ante la Corte Constitucional para que el artículo 64 de la Ley 1579 de 2012 sea declarado exequible de forma condicionada, excluyendo los procesos de extinción de dominio.
Paralelamente, se prepara una reforma a la Ley 1708 de 2014 para dejar explícita la excepción y fortalecer la protección de estos bienes en el marco legal.